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Consejo de Estado modificó sentencia y eximió de responsabilidad contractual a Fendipetróleo en virtud de un convenio especial de cooperación suscrito con el SENA

Escrito por  Jun 20, 2024

La Sala modificó la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que declaró el incumplimiento del convenio especial de cooperación y había condenado a Fendipetróleo, al constatar que ésta no incumplió el objeto del convenio y no existen pruebas en el proceso que permitan definir saldos a favor de las partes. El Consejo de Estado destacó que la demandante (el SENA), no cumplió con la carga probatoria que impone el artículo 167 del Código General del Proceso, según el cual le compete a la parte probar los hechos que pretende hacer valer, pues, contrario a lo afirmado en la demanda, las pruebas arrimadas al proceso, particularmente los informes de interventoría, no dan cuenta de que Fendipetróleo en lugar de efectuar acciones tendientes a la formación especializada de los trabajadores de las estaciones de servicio en la herramienta tecnológica Octopus EDS hubiera realizado una promoción y comercialización de la misma.

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Modificado por última vez en Miércoles, 19 Junio 2024 15:49