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Servidumbre minera y expropiación, en casos de embargos, sucesiones y derechos herenciales: Agencia Nacional Minera

Escrito por  Jun 27, 2024

La Autoridad Minera reiteró que “corresponderá al interesado, adelantar todas las acciones tanto de negociación directa como ante las autoridades competentes que resulten procedentes e indispensables en cada caso particular, para la imposición de la servidumbre y la expropiación según aplique”.

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Modificado por última vez en Miércoles, 26 Junio 2024 20:44