El Ministerio de Ambiente aclaró que los proyectos de Pequeñas Centrales Hidroeléctricas (PCH) están obligados al pago de la Tasa por Utilización del Agua (TUA) por el caudal usado en generación. Esta obligación recae en todas las personas, naturales o jurídicas, que utilicen el recurso hídrico, con o sin concesión de aguas. La necesidad de una licencia ambiental no exime del pago de la TUA; tanto las PCH sujetas a licenciamiento como aquellas exentas (por operar en Zonas No Interconectadas y con capacidad menor o igual a 10 MW) deben pagarla. Para proyectos con capacidad superior a 10 MW, la TUA se incluye dentro de la Transferencia del Sector Eléctrico. Estas tasas financian la protección y renovación de los recursos hídricos.
La DIAN aclaró que cuando un título ejecutivo establece una suma de dinero como "bruta" pero luego indica que está "libre de impuestos o retenciones", el pago debe efectuarse por el valor bruto. La entidad subraya que las obligaciones fiscales en títulos ejecutivos deben ser claras, exigibles y expresas [T2, punto 4]. Según la interpretación legal, un valor bruto incluye todos sus ítems y componentes, conforme al sentido natural de la palabra, y esto prevalece incluso si existen estipulaciones adicionales en sentencias que sugieran lo contrario. Este concepto busca garantizar la claridad en la recaudación de los montos totales establecidos en dichos documentos.
La CREG aclaró diversos aspectos relacionados con la Subasta de Asignación de Obligaciones de Energía Firme (OEF) para el período 2029-2030. La entidad precisó que una planta que no ha iniciado construcción al momento de la subasta conserva la condición de planta nueva, incluso si recibió asignaciones previas de OEF. Asimismo, señaló que las plantas con períodos de construcción superiores al horizonte de planeación (GPPS) que ya estén en operación comercial solo pueden participar como plantas existentes con su ENFICC no comprometida y por asignaciones de un año. La CREG también explicó que las plantas existentes que accedan al incentivo de transición energética por renovación tecnológica mantienen su condición de existentes, aunque para el seguimiento de las obras reciben tratamiento regulatorio de plantas nuevas y pueden obtener OEF hasta por 20 años. Además, indicó que las plantas no despachadas centralmente no pueden acogerse simultáneamente a ese incentivo y reiteró que los proyectos con OEF previas deben conservar los cronogramas y curvas de construcción originalmente comprometidos.
a UPME socializó la Guía Técnica de Implementación del Sistema de Interoperabilidad para la Electromovilidad (SIEM), con la que define las reglas para conectar la infraestructura de carga de vehículos eléctricos en Colombia bajo un estándar común. La guía adopta el protocolo internacional OCPI 2.2.1 y establece lineamientos para que los Operadores de Puntos de Carga (CPO) y los Proveedores de Servicios de Movilidad (MSP) intercambien información de forma segura, automática y con un mismo lenguaje tecnológico. El sistema permitirá integrar datos sobre ubicación, disponibilidad, tipos de conectores y condiciones de uso de los puntos de carga, facilitando la interoperabilidad entre operadores, aplicaciones y prestadores del servicio. Según la UPME, el SIEM también aportará información estratégica para orientar inversiones y fortalecer el crecimiento ordenado de la movilidad eléctrica en el país.
El Ministerio de Minas y Energía informó que la primera convocatoria nacional de pruebas piloto de hidrógeno de bajas emisiones recibió 77 iniciativas presentadas por empresas, universidades, entidades públicas, centros de investigación y organizaciones técnicas del país. Las propuestas abarcan proyectos de movilidad y transporte, producción e integración energética, generación eléctrica, infraestructura, industria y usos domésticos y comunitarios, evidenciando el creciente interés por este energético y sus aplicaciones tecnológicas. Según la cartera, el ejercicio permitirá identificar capacidades, niveles de madurez tecnológica y oportunidades de articulación entre producción, infraestructura y usos finales, aportando insumos para futuras decisiones regulatorias y de política pública orientadas a fortalecer el desarrollo del hidrógeno de bajas emisiones y la transición energética en Colombia.