El próximo 6 de junio de 2026, a las 2:30 p. m., en el Centro Vida para el Adulto Mayor de San Roque (Antioquia), la ANLA realizará un Espacio de Participación Ampliada para socializar y recibir observaciones sobre la solicitud de modificación de la licencia ambiental del Proyecto Gramalote de minería de oro a cielo abierto. La jornada, que abrirá la visita de evaluación ambiental, busca promover el diálogo entre ciudadanía, organizaciones sociales y autoridades, así como recopilar información relevante para la toma de decisiones. La modificación solicitada por Gramalote Colombia Limited plantea rediseñar y optimizar el avance minero para reducir la huella de intervención y disminuir impactos físicos, bióticos y socioeconómicos, además de reducir la demanda y afectación de recursos naturales.
El Ministerio de Ambiente emitió un concepto sobre la modificación de los Planes de Manejo Ambiental (PMA) para incorporar permisos, concesiones y autorizaciones ambientales. La cartera precisó que los titulares de un PMA, antes del vencimiento de sus permisos, pueden optar por solicitar su prórroga ante la autoridad ambiental regional que los otorgó o tramitar la modificación del PMA ante la autoridad competente —como la ANLA, cuando corresponda— para integrarlos al instrumento ambiental, aplicando las reglas previstas para la modificación de licencias ambientales. El Ministerio subrayó que esta incorporación es facultativa y no constituye una obligación para los titulares del PMA. Asimismo, aclaró que los eventos de fuerza mayor que impidan la realización de estudios de campo deben informarse oportunamente a la autoridad ambiental, a fin de que adopte las decisiones correspondientes, y reiteró que en el marco de un PMA no procede la complementación de un Estudio de Impacto Ambiental.
La redomiciliación internacional de una sociedad extranjera, cuando mantiene continuidad jurídica y no implica liquidación, fusión, escisión, cesión, transferencia de activos ni cambio de titularidad sobre los bienes o derechos vinculados a la operación en su sucursal en Colombia, no configura una enajenación directa en los términos del artículo 24 del Estatuto Tributario, ni una enajenación indirecta en los términos del artículo 90-3 ibidem. En consecuencia, la operación no genera, por sí misma, efectos sustanciales en materia del impuesto sobre la renta en Colombia asociados a la transferencia de activos. No obstante, ello no excluye que puedan existir obligaciones formales de actualización o reporte derivadas del cambio de información del sujeto del exterior o de la sucursal en Colombia, cuando a ello haya lugar conforme a las reglas aplicables, las cuales deberán analizarse en cada caso concreto. En otras palabras, la neutralidad fiscal de la redomiciliación no equivale, por sí sola, a la inexistencia absoluta de todo deber formal en Colombia.
El Ministerio de Vivienda publicó un proyecto de decreto que reglamenta la Ley 2079 de 2021, buscando facilitar el acceso a vivienda digna. La iniciativa establece que las tasas de interés de los créditos hipotecarios y leasing habitacional otorgados por el Fondo Nacional del Ahorro (FNA) para la adquisición de vivienda de interés social urbana serán menores a las ofrecidas por las demás entidades financieras, siempre y cuando estas no afecten la sostenibilidad financiera de la entidad, y teniendo en cuenta la política de afiliados definida por la entidad.
El Ministerio de Vivienda emitió directrices para la excepción de facturación de servicios de acueducto, alcantarillado y aseo en el marco del desastre nacional (Decreto 1372/2024, prorrogado por 1193/2025) y la emergencia económica (Decreto 150/2026), incluyendo afectaciones por el 'frente frío' (Decreto 0464/2026).