MinAmbiente propone la creación de la Comisión Intersectorial del Proyecto Hidroeléctrico El Quimbo, una instancia crucial para abordar los compromisos pendientes del acuerdo de cooperación de 2009. Este proyecto de decreto busca garantizar un espacio de diálogo, concertación y participación ciudadana, especialmente para las comunidades rurales y campesinas afectadas en el Huila. La Comisión coordinará acciones no cubiertas por la licencia ambiental de la ANLA, atendiendo problemáticas urgentes y cruciales. Estará integrada por Ministerios, autoridades territoriales y, fundamentalmente, representantes de veedurías y ASOQUIMBO, asegurando transparencia y un seguimiento efectivo a los acuerdos.
La CREG invita a agentes del mercado y partes interesadas para la modificación del Estatuto para Situaciones de Riesgo de Desabastecimiento (ESRD), vigente desde 2014. El estatuto, creado tras el Fenómeno de El Niño 2009-2010 y exitosamente activado en el segundo semestre de 2024 ante una hidrología crítica, busca ahora su modernización. La iniciativa responde a la evolución del mercado, la creciente integración de nuevas tecnologías y las lecciones aprendidas en la operación reciente del sistema. Los interesados tienen 15 días calendario, desde el 17 de abril de 2026, para remitir sus análisis, estudios técnicos y propuestas normativas a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., con el fin de fortalecer el diseño del mercado de energía y asegurar el suministro futuro.
La CRA hizo claridades frente a supuestas afirmaciones sobre incrementos en las tarifas, reiterando los sólidos argumentos técnicos de su Nuevo Marco Tarifario. Esta actualización regulatoria, fruto de cinco años de estudios y amplia participación del sector, busca proteger a más de 30 millones de usuarios sin generar aumentos automáticos, mientras garantiza la sostenibilidad de los prestadores. La CRA enfatiza que las tarifas se determinan por metodologías técnicas que reconocen solo los costos eficientes de la prestación, promoviendo la calidad, cobertura, inversiones eficientes y una implementación gradual que considera las particularidades territoriales y ambientales del país. Este esquema beneficia tanto a usuarios como a empresas, sin trasladar ineficiencias a las tarifas.
La SSPD aclaró aspectos sobre la inclusión de cláusulas exorbitantes en contratos de operación de acueducto y alcantarillado. La entidad subraya que, si bien la regla general para los prestadores es el derecho privado, existen excepciones. Se exige licitación pública y la inclusión de estas cláusulas, propias de la Ley 80 de 1993, en contratos específicos celebrados por entes territoriales para asumir la prestación de servicios, o en áreas de servicio exclusivo. También se permiten en contratos de operación que, de no cumplirse, podrían afectar la continuidad y calidad del servicio, conforme a la Resolución CRA 943 de 2021. Sin embargo, la SSPD enfatiza su limitada competencia para pronunciarse sobre contratos de operación entre prestadores y terceros, dejando al ente público la verificación de su propio régimen contractual.
La SSPD respondió una serie de preguntas sobre la exoneración del pago de contribuciones especiales, como el aporte solidario. La entidad subraya que no tiene competencia para declarar qué sujetos están exentos, ya que esto desbordaría su órbita. Por ley, es responsabilidad de los prestadores de servicios públicos, previa solicitud y demostración del usuario, determinar si se cumplen los requisitos para la exención. El concepto destaca que hospitales, clínicas, centros de salud y educativos sin ánimo de lucro están exentos del factor de solidaridad sobre el valor de sus consumos (Ley 142 de 1994). Además, las propiedades destinadas a la operación de sistemas de acueducto y alcantarillado por gestores comunitarios (Ley 2294 de 2023) no estarán sujetas a esta contribución para el servicio de energía, recibiendo tratamiento de estrato 4. Respecto a los micronegocios (Ley 2470 de 2025), la exoneración de cobros especiales está pendiente de reglamentación por el MinCIT.