Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme
prensa juridica

prensa juridica

La ANT, mediante Acuerdo del Consejo Directivo, constituirá y otorgará reconocimiento y formalización de los TECAM previa propuesta de delimitación presentada comunidades campesinas de conformidad con los fines y principios establecidos en la Ley 1 de 1994 y artículo 64 de la Constitución Política.

A través de Decreto el Gobierno nombró con carácter ordinario al doctor Baisser Antonio Jiménez Rivera, en el empleo de Experto Comisionado de la planta de personal de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG).

A través de este decreto se determina el mecanismo diferencial de estabilización de precios de los combustibles para los Grandes Consumidores definidos en el artículo 2.2.1 .1.2.2.1.4 del Decreto 1073 de 2015, y para los consumidores finales que consuman en total un promedio anual superior a 20.000 galones mes, independientemente de su consumo por instalación o punto de entrega. En consecuencia, su ingreso al productor deberá ser, como mínimo, el precio de paridad internacional.

El ámbito de aplicación de las medidas del artículo 2 de la Resolución CREG 101 016 de 2023, se amplía a todos aquellos agentes que desarrollen la actividad de comercialización de energía eléctrica que atienden a usuarios finales regulados, y cuenten con saldos pendientes de recuperación por la aplicación de la opción tarifaria. En los términos de la Resolución CREG 080 de 2019, será responsabilidad de los comercializadores informar al Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales (ASIC), que cumplen con los requisitos indicados. Igualmente, deberán comunicar cuando dejen de cumplir alguno de los requisitos.

Las medidas aquí dispuestas están sujetas al cumplimiento de los criterios de seguridad, calidad y confiabilidad del SIN definidos en la regulación vigente. Adicionalmente, esta medida no exime a que los recursos de generación no realicen su mejor estimación de disponibilidad para el despacho y redespacho. Una vez cumplido el plazo de que trata el artículo 3 de la presente resolución, la Comisión estudiará la implementación de una variación en la fórmula de cálculo de las desviaciones y su pago correspondiente.

 CREG publica anexo a la presente Circular, el cronograma de comercialización del mercado mayorista de gas natural a ser tenido en cuenta durante el año 2024, para el desarrollo de las negociaciones y registro de los contratos de suministro resultantes. El presente cronograma podrá ser sujeto de modificaciones para hacer los ajustes correspondientes que sean necesarios.

La CREG publica el informe de auditoría con la evaluación de los resultados del mecanismo para la comercialización de energía en el mercado mayorista, del promotor Derivex – CRCC.

CRE publicó la estimación de los precios de referencia de venta al público de la Gasolina Motor Corriente, la Gasolina Motor Corriente Oxigenada, el ACPM-Diésel y la mezcla de ACPM-Diésel y biodiésel que rigen en el territorio nacional a partir del veintiséis (26) de junio de 2024.