La SSPD publicó un proyecto de resolución para estandarizar y reglamentar el reporte de peticiones, quejas, reclamos y recursos (PQRS) en el Sistema Único de Información (SUI). La medida busca consolidar, precisar y estandarizar la información sobre PQRS y los puntos y canales de atención (presenciales, telefónicos, virtuales) de los prestadores de acueducto, alcantarillado, aseo, energía y gas. El objetivo es fortalecer las funciones de inspección, vigilancia y control de la SSPD, especialmente para la protección del usuario y la fiscalización ciudadana. Los prestadores deberán clasificar las inconformidades como "Reclamaciones" (contra actos específicos de la Ley 142 de 1994) o "Quejas" (otras inconformidades del servicio) y mantener actualizada la información de sus canales. La obligatoriedad de reporte en el SUI comenzará el 1 de julio de 2026.
El Ministerio de Minas informó que más del 25% de la capacidad de generación eléctrica del país se acogió a una nueva fórmula tarifaria, impulsada para reducir los costos de energía para los usuarios. Empresas públicas como EPM, GENSA, URRÁ y GECELCA, junto con proyectos solares y tecnologías limpias, se sumaron al esquema. La medida corrige una distorsión histórica de más de 30 años, donde la energía hídrica se pagaba a precios de gas, encareciendo las facturas, especialmente en sequías. El ministro Edwin Palma enfatizó que se están "desmontando rentas injustificadas" y lamentó que la privatización de ISAGEN limitara un impacto mayor. El Gobierno reitera su compromiso con tarifas justas y la transición energética.
En un encuentro con el ministro de Minas, Edwin Palma, la Cámara de Comercio de EE. UU., el U.S.-Colombia Business Council y líderes empresariales como Drummond y General Motors, reafirmaron su firme interés en invertir en Colombia. El país fue destacado como socio estratégico para la inversión internacional, la seguridad energética y el desarrollo sostenible. Palma aseguró el compromiso con la certidumbre regulatoria y un entorno competitivo para atraer capital. Las prioridades incluyen la transición energética -enfocada en renovables como geotermia, eólica y movilidad eléctrica-, la economía circular y la protección de la biodiversidad. También se abordó la seguridad energética, la necesidad de marcos normativos estables y la transformación digital, señalando inquietudes sobre la agilización de permisos. Se pactó mantener un diálogo continuo para consolidar a Colombia como destino estratégico de inversión en una transición energética gradual, responsable y competitiva, y un crecimiento económico a largo plazo.
MinAmbiente propone la creación de la Comisión Intersectorial del Proyecto Hidroeléctrico El Quimbo, una instancia crucial para abordar los compromisos pendientes del acuerdo de cooperación de 2009. Este proyecto de decreto busca garantizar un espacio de diálogo, concertación y participación ciudadana, especialmente para las comunidades rurales y campesinas afectadas en el Huila. La Comisión coordinará acciones no cubiertas por la licencia ambiental de la ANLA, atendiendo problemáticas urgentes y cruciales. Estará integrada por Ministerios, autoridades territoriales y, fundamentalmente, representantes de veedurías y ASOQUIMBO, asegurando transparencia y un seguimiento efectivo a los acuerdos.
La CREG invita a agentes del mercado y partes interesadas para la modificación del Estatuto para Situaciones de Riesgo de Desabastecimiento (ESRD), vigente desde 2014. El estatuto, creado tras el Fenómeno de El Niño 2009-2010 y exitosamente activado en el segundo semestre de 2024 ante una hidrología crítica, busca ahora su modernización. La iniciativa responde a la evolución del mercado, la creciente integración de nuevas tecnologías y las lecciones aprendidas en la operación reciente del sistema. Los interesados tienen 15 días calendario, desde el 17 de abril de 2026, para remitir sus análisis, estudios técnicos y propuestas normativas a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., con el fin de fortalecer el diseño del mercado de energía y asegurar el suministro futuro.
La CRA hizo claridades frente a supuestas afirmaciones sobre incrementos en las tarifas, reiterando los sólidos argumentos técnicos de su Nuevo Marco Tarifario. Esta actualización regulatoria, fruto de cinco años de estudios y amplia participación del sector, busca proteger a más de 30 millones de usuarios sin generar aumentos automáticos, mientras garantiza la sostenibilidad de los prestadores. La CRA enfatiza que las tarifas se determinan por metodologías técnicas que reconocen solo los costos eficientes de la prestación, promoviendo la calidad, cobertura, inversiones eficientes y una implementación gradual que considera las particularidades territoriales y ambientales del país. Este esquema beneficia tanto a usuarios como a empresas, sin trasladar ineficiencias a las tarifas.
La SSPD aclaró aspectos sobre la inclusión de cláusulas exorbitantes en contratos de operación de acueducto y alcantarillado. La entidad subraya que, si bien la regla general para los prestadores es el derecho privado, existen excepciones. Se exige licitación pública y la inclusión de estas cláusulas, propias de la Ley 80 de 1993, en contratos específicos celebrados por entes territoriales para asumir la prestación de servicios, o en áreas de servicio exclusivo. También se permiten en contratos de operación que, de no cumplirse, podrían afectar la continuidad y calidad del servicio, conforme a la Resolución CRA 943 de 2021. Sin embargo, la SSPD enfatiza su limitada competencia para pronunciarse sobre contratos de operación entre prestadores y terceros, dejando al ente público la verificación de su propio régimen contractual.
La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD) aclaró que las empresas no pueden exigir como único requisito un contrato de arrendamiento autenticado notarialmente; es válido un documento privado con información básica, e incluso otros medios de prueba. En sede administrativa, no existe una jerarquía estricta de pruebas, por lo que deben admitirse elementos directos, indirectos o complementarios conforme a la ley. Sobre el rompimiento de solidaridad, la SSPD indicó que debe analizarse caso por caso, considerando la conducta tanto de la empresa como del propietario. La omisión en la suspensión del servicio y la posible negligencia del dueño pueden incidir en la decisión, especialmente cuando existen varios periodos o cambios de arrendatario.