La SDA estudió el proyecto de ley que busca integrar la hidrólisis alcalina y nuevas tecnologías como opciones para la disposición final de cadáveres, bajo el nombre de "Ley despedida ecológica". Este análisis, que profundiza en versiones previas de iniciativas similares pero con articulados revisados, resalta la competencia del Congreso y la relevancia de estas innovaciones. Si bien la SDA considera el proyecto jurídicamente conveniente, enfatiza la necesidad de refinar definiciones técnicas y concretar la articulación de planes de contingencia para el uso del agua en emergencias, a fin de evitar cargas administrativas excesivas. Las observaciones buscan asegurar claridad y operatividad, manteniendo el compromiso con la dignidad humana, la pluralidad religiosa y la sostenibilidad ambiental.
El ministro de Ambiente, Fabio Arjona, se apartó de la firma de actos administrativos relacionados con la delimitación del Páramo de Santurbán para garantizar total transparencia e imparcialidad, buscando fortalecer la confianza ciudadana ante cualquier posible circunstancia personal. Esta medida no detiene el compromiso institucional del Ministerio, que reitera su prioridad en la protección integral de Santurbán, sus vitales aguas, rica biodiversidad y comunidades. El proceso avanza con estricto fundamento técnico y jurídico, asegurando la participación activa de los habitantes y bajo reglas claras, siempre enfocado en salvaguardar este ecosistema estratégico para Colombia.
El Ministerio de Agricultura propone crear reglamento técnico para la producción y comercialización de productos orgánicos de origen primario. Esta iniciativa busca consolidar el sector, asegurando la integridad desde la finca hasta el consumidor. Tras un análisis de impacto que recomendó renovar la normativa existente, la medida define los principios y reglas para la certificación, etiquetado y control de alimentos agrícolas, pecuarios, pesqueros y forestales, entre otros. Su objetivo es evitar el engaño al consumidor, promover sistemas de producción sostenibles que mejoren la salud del suelo y las personas, prohíban organismos genéticamente modificados y garanticen el bienestar animal. El reglamento establece que los productos deberán contar con certificación de organismos evaluadores acreditados, unificando criterios y fortaleciendo la confianza en la oferta orgánica nacional.
La CREG publicó para consulta pública un proyecto que busca ajustar los plazos y el alcance de las medidas transitorias implementadas para el sector eléctrico. Esto surge a raíz de un reciente sismo que provocó la declaración de desastre nacional en varias regiones, impactando el recaudo de los comercializadores, y ante la necesidad de garantizar la continuidad y confiabilidad del servicio energético frente a eventos extremos como el Fenómeno de El Niño. La propuesta modifica cuándo y cómo los agentes comercializadores pueden acogerse a los mecanismos de alivio de liquidez, que no condonan deudas, sino que las difieren. El objetivo es fortalecer la cadena de pagos y proteger el suministro de energía a los hogares colombianos.
La CREG solicita a los diversos actores del mercado de gas natural, desde productores hasta usuarios no regulados, que reporten todas sus operaciones de intercambio o "swap" de gas. Esta medida es crucial para recopilar información detallada que permita un monitoreo y análisis exhaustivo del sector, buscando identificar la necesidad de implementar nuevas regulaciones que aseguren su correcto funcionamiento. Los agentes deberán entregar datos sobre transacciones realizadas desde enero de 2025 y, a partir de ahora, de manera mensual, promoviendo así la transparencia y un mejor entendimiento de la dinámica de suministro y demanda.
El DNP precisó que la normativa del Sistema General de Regalías no habilita la ejecución de estos recursos a través de fondos o esquemas de administración distintos de los previstos por el sistema. Señaló que las regalías deben destinarse a proyectos de inversión que contribuyan al desarrollo social, económico y ambiental de las entidades territoriales, conforme al artículo 361 de la Constitución y la Ley 2056 de 2020. En materia ambiental, destacó que los proyectos financiados con regalías pueden contribuir al desarrollo ambiental territorial, pero deben sujetarse a las reglas del SGR, sin financiar gastos permanentes. Además, aclaró que los recursos deben gestionarse mediante el SPGR y que las entidades ejecutoras son responsables de su ejecución física y financiera.
El Ministerio de Ambiente aclaró que las Corporaciones Autónomas Regionales conservan su capacidad de control y seguimiento sobre la información de residuos peligrosos reportada entre 2020 y 2024, incluso para proyectos con licencia ambiental otorgada por la ANLA. La integración de los registros históricos en el nuevo Registro Único Ambiental (RUA) y la derogatoria de normativas previas no anulan las obligaciones ambientales pasadas ni impiden iniciar o continuar procesos sancionatorios por inconsistencias. A partir de 2025, el seguimiento se ajusta al otorgante de la licencia ambiental, implicando una competencia compartida y no exclusiva de la ANLA, por lo que se recomiendan mesas de trabajo para coordinar y evitar duplicidades en las actuaciones de control.
Ante la inquietud sobre la estandarización y los tiempos para formalizar la verificación de recibos técnicos en nuevas conexiones, un proceso fundamental para el registro de fronteras comerciales, se solicitó a la CREG un pronunciamiento. La preocupación principal giraba en torno a si los formatos estandarizados por el ASIC y aprobados por el Comité Asesor de Comercialización debían seguir los mismos plazos de los requisitos normativos que buscan soportar. La Comisión ha determinado que tanto el formato de acta de recibo técnico definido en su circular como el formato establecido por el ASIC para el registro de fronteras comerciales son obligatorios y deben ser diligenciados al finalizar la visita de recibo técnico. Esto asegura coherencia en los procedimientos previos a la puesta en servicio de las conexiones.