“La Gobernadora del Departamento de Arauca, mediante el Decreto núm. 864 de 2022 priorizó y aprobó cinco (5) proyectos de inversión a realizarse en el Departamento de Arauca; todos con cargo a los recursos del Sistema General de Regalías. La parte demandada, en los
La Sala anuló el aparte «los dineros por pagos realizados no serían objeto de devolución por parte de la autoridad tributaria departamental en caso que medie solicitud en tal sentido» del numeral 1 del acápite instructivo de la Circular 022 del 19 de diciembre de 2018, expedida
La Sala, luego de revisar las pretensiones elevadas por la parte actora, encontró que las mismas van encaminadas a que se declare la nulidad de los actos a través de los cuales se otorgó un permiso de ocupación de cause permanente. Por lo anterior, trajo a colación el artículo 73
La Sala destacó que la primera instancia es la oportunidad idónea en la que las partes pueden efectuar todo tipo de peticiones en materia de pruebas para que sean tenidas en cuenta y valoradas por el juez administrativo dado que es en ese momento que, en principio, debe surtirse
“La Sala ha precisado que en lo que respecta al procedimiento de cobro coactivo solo resultan ser demandables ante esta jurisdicción los actos que deciden sobre las excepciones contra el mandamiento de pago y los que ordenan seguir adelante la ejecución. Por interpretación
La presente controversia giró en torno a la declaratoria de incumplimiento del pago ordenada por el municipio de Zona Bananera en favor de la concesionaria, unión temporal Iluminaciones Zona Bananera, suma que fue reconocida por el ente territorial mediante una
Para la SDA es claro que en virtud tanto de los lineamientos como las responsabilidades señaladas en el articulado del Proyecto de Acuerdo 261-2023, sería necesario efectuar las apropiaciones que permitan dar cumplimiento a tales condiciones, lo que implicaría una
El presente acto precisa que el límite de velocidad en vías urbanas y carreteras municipales en ningún caso podrá sobrepasar los 50 km por hora; la velocidad en las zonas escolares y en zonas residenciales será hasta de 30 km por hora y el límite de velocidad en carreteras