Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme
prensa juridica

prensa juridica

La SSPD aclaró que, las entidades descentralizadas de cualquier orden que prestaban servicios públicos domiciliarios, y se transformaron en empresas industriales y comerciales del estado antes del 4 de enero de 1998, se encuentran habilitadas para seguir prestando dichos

A través del presente concepto se indicó que, si el servicio público de aseo se cobra en conjunto, por ejemplo, con el servicio público de energía eléctrica, normalmente, no será posible para el usuario pagar este último servicio, sin pagar el servicio público de aseo. En línea con

La CRA indicó que, las variaciones (incrementos o disminuciones) en las tarifas de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado pueden obedecer a diferentes circunstancias entre las que se encuentran: variaciones producto de la aplicación de las

De acuerdo con lo dispuesto en el presente concepto, cuando se preste la actividad de aprovechamiento en el municipio y/o distrito, el ??? se incrementa en un 30% con el fin de reconocer la atención de esa actividad, y de ese porcentaje, el 18,6% pertenece al prestador de

A través del presenta concepto se aclaró que, no es posible demandar a una sociedad que ha desaparecido como persona jurídica en razón de la culminación de su trámite de liquidación voluntaria, que se da con la inscripción de la cuenta final de liquidación y la correspondiente

De acuerdo con las disposiciones del presente concepto, las entidades vigiladas que contraten un tercero como corresponsal digital tienen la obligación de informar a los consumidores financieros que la aplicación o plataforma tecnológica diseñada por este para la prestación de

El MinAmbiente indicó que, las actividades agrícola, pecuaria y acuícola de subsistencia, asociadas a las formas de vida del campesinado colombiano que habita una vivienda rural dispersa, son las únicas actividades excluidas de la obtención de las reseñadas autorizaciones

De acuerdo con lo establecido en el presente concepto, cuando una empresa de servicios públicos domiciliarios, cuyo objeto social incluya la generación de energía eléctrica, quiera ejecutar un proyecto hidroeléctrico, lo deberá hacer en el marco de lo dispuesto en las Leyes 56