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El Consejo de Estado no Avocará el conocimiento de la Resolución 71 de 30 de marzo de 2020 dictada por la Unidad de Información y Análisis Financiero -UIAF, sector de empresas exportadoras y/o importadoras de oro, casas fundidoras de oro y las sociedades de comercialización internacional que dentro de su actividad económica tengan la comercialización

El Consejo de Estado no avocará el conocimiento del control inmediato de legalidad de la Circular Conjunta 037 del 27 de marzo de 2020, expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil y la Superintendencia de Notariado y Registro para dar instrucciones para efectuar los registros de nacimiento durante la emergencia por el COVID-19

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Mediante una Resolución INCORA reservó y declaró como Parque Nacional un sector de 12.000. Dentro del área alinderada, prohibió la ocupación del baldío y la caza, la pesca y toda actividad industrial, ganadera o agrícola que resulte incompatible con el objeto de la resolución o con las medidas especiales que se tomen para el desarrollo y manejo del parque.

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Durante la ejecución del contrato suscrito entre FINDETER e INGEMAS, que tuvo por objeto la construcción del sistema de alcantarillado sanitario del Distrito de San Andrés Isla, se presentaron una serie de situaciones que vulneran el derecho colectivo relacionado con la seguridad y salubridad públicas, por la falta de una debida señalización que evite accidentes; la mala

El Despacho observa que la demanda interpuesta por el Transportes Aerotur S.A.S., tiene como finalidad la declaratoria de nulidad de los actos administrativos mediante los cuales la Superintendencia de Puertos y Transportes le impuso una sanción pecuniaria y la referida sanción se impuso por una infracción de tránsito que se cometió en el Municipio de Sincelejo.

Para la Sala, las resoluciones 056121 de 30 de octubre de 2017, 14655 de 2 de abril de 2018 y 10526 de 5 de marzo de 2018, que declararon responsable a la parte demandante de la comisión de infracciones de transporte, son actos administrativos definitivos

El Tribunal de Arbitraje profirió un laudo el 5 de agosto de 2010, por medio del cual resolvió la controversia contractual surgida entre el convocante, Gds Ingenieros Ltda., Construtec S.A. y Jecr S.A. y parte convocada Fonade), en el cual se condenó a ambas partes al pago de unas sumas de dinero. El Consejo de Estado en el 2012, resolvió los recursos extraordinarios de anulación

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Para la Sala, lo procedente sería darle trámite a la solicitud de medidas cautelares presentada por el demandante; sin embargo, en este caso resulta inocuo hacerlo, pues, según se desprende de la información publicada por la Agencia Nacional de Contratación Pública en el SECOP II, los actos demandados ya surtieron sus efectos y cumplieron

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El Consejo de Estado declaró la nulidad de los artículos 158 y 160 del Decreto 1510 de 2013. El articulo Artículo 158 dispone:  Implementación del modelo de Plan Anual de Adquisiciones. Colombia Compra Eficiente debe establecer los lineamientos y diseñará e implementará el formato que debe ser utilizado por las Entidades Estatales

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Para la Sala, “la interventoría ha sido entendida como una actividad de “naturaleza instructiva de tipo técnico” encaminada a garantizar la adecuada ejecución de un contrato”. Lo anterior supone, para lo que interesa al presente asunto, la existencia de un vínculo inescindible entre el contrato de interventoría y el contrato de obra.