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Consejo de Estado efectúa precisiones en cuanto al concepto de interventoría en contrato de obra pública

Escrito por  Ene 07, 2021

Para la Sala, “la interventoría ha sido entendida como una actividad de “naturaleza instructiva de tipo técnico” encaminada a garantizar la adecuada ejecución de un contrato”. Lo anterior supone, para lo que interesa al presente asunto, la existencia de un vínculo inescindible entre el contrato de interventoría y el contrato de obra.

“Fue precisamente ante la necesidad de realizar un seguimiento técnico que la Ley 80 de 1993 dispuso la obligatoriedad de contratar una interventoría para los contratos de obra Adicionalmente, en esta misma ley se incluyó al contrato de interventoría dentro de la consultoría y estableció que todas las órdenes y sugerencias del interventor deben “enmarcarse dentro de los términos del respectivo contrato”.

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Modificado por última vez en Viernes, 05 Febrero 2021 17:21