Al tiempo dejó a salvo los derechos adquiridos con antelación a la declaratoria de reserva.
Mediante una Resolución INCORA reservó y declaró como Parque Nacional un sector de 12.000. Dentro del área alinderada, prohibió la ocupación del baldío y la caza, la pesca y toda actividad industrial, ganadera o agrícola que resulte incompatible con el objeto de la resolución o con las medidas especiales que se tomen para el desarrollo y manejo del parque.
Al tiempo dejó a salvo los derechos adquiridos con antelación a la declaratoria de reserva.