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Sala de Consulta del CE levantó reserva de un concepto del año 2018, a través del cual señaló que La Agencia Nacional de Seguridad Vial no es competente para apoyar medidas orientadas a garantizar la seguridad del transporte fluvial

Escrito por  Mar 28, 2023

La Sala de Consulta del Consejo de Estado levantó reserva de un concepto a través del cual el Ministerio de Transporte solicitó concepto sobre la competencia de la Agencia Nacional de Seguridad Vial para apoyar medidas orientadas a garantizar la seguridad del transporte

fluvial, debido a que este transporte involucra el traslado de personas que pueden ser víctimas de siniestros en embarcaciones. “Igualmente planteó la inquietud sobre la posibilidad para que dicha entidad pueda utilizar recursos de su presupuesto para atender temas asociados a la seguridad en el trasporte fluvial, debido a que “los recursos que viene percibiendo no tienen una fuente distinta al transporte terrestre”.

La Sala concluyó que “la Agencia Nacional de Seguridad Vial no puede destinar sus recursos para atender temas asociados a la seguridad en el transporte fluvial, pues como se explicó a lo largo de este concepto, esta entidad fue creada por el legislador como la máxima autoridad para la aplicación de las políticas y medidas de seguridad vial nacional, entendida como “el conjunto de acciones y políticas dirigidas a prevenir, controlar y disminuir el riesgo de muerte o de lesión de las personas en sus desplazamientos ya sea en medios motorizados o no motorizados” (Ley 1702 de 2013, artículo 5), riesgos ocasionados con vehículos sobre ruedas que se desplacen por vías terrestres”.

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