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Colombia Compra hizo precisiones sobre la posibilidad que tiene una E.S.E para suscribir convenios interadministrativos con una sociedad de economía mixta para un contrato de obra

Escrito por  May 06, 2024

De acuerdo con el presente concepto de Colombia compra Eficiente, cuando las ejecutoras de la obra sean las instituciones de educación superior públicas o las Sociedades de Economía Mixta con participación mayoritaria del Estado, o las personas jurídicas sin ánimo de lucro conformadas por la asociación de entidades públicas, o las federaciones de entidades territoriales se prohíbe acudir a la causal de contratación directa para realizar contratos interadministrativos,  por lo anterior, la entidad debe evaluar su naturaleza para establecer si se encuentra dentro de las cuatros excepciones establecidas por la norma para que aplique esa restricción.

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Modificado por última vez en Domingo, 05 Mayo 2024 16:32