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Domingo, 21 Junio 2026

Edición 1664 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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El Consejo de Estado precisó la naturaleza jurídica de los bienes baldíos como propiedad de la Nación, destinados a cumplir una función social y ecológica, especialmente en el acceso a la tierra por parte de poblaciones rurales. La Sala reiteró que estos bienes son inalienables e imprescriptibles hasta su adjudicación válida, lo que limita cualquier apropiación irregular. En su análisis, destacó que la función social de la propiedad rural implica el uso productivo y conforme al interés general, bajo criterios de equidad y sostenibilidad. Asimismo, confirmó la facultad oficiosa de la administración para ejercer la revocatoria directa en materia agraria, incluso sin consentimiento del particular, cuando se trate de actos contrarios al ordenamiento jurídico.

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El Consejo de Estado confirmó la validez de la cláusula de terminación unilateral en contratos de empresas de servicios públicos, al considerar que este tipo de pactos son una expresión legítima de la autonomía de la voluntad bajo el régimen de derecho privado. La Sala precisó que la terminación “ad nutum” permite poner fin al contrato sin causa, siempre que su ejercicio respete la buena fe, la función económica del contrato y no tenga fines abusivos. No obstante, advirtió que la validez del pacto no excluye responsabilidad si se causan perjuicios, cuya carga de la prueba recae en el demandante. En el caso concreto, el Consejo de Estado concluyó que no se acreditó un uso abusivo de la cláusula ni la existencia de daños, pues las pruebas resultaron insuficientes, imprecisas o carentes de soporte documental.

El Consejo de Estado ordenó la construcción del relleno sanitario de Riohacha tras evidenciar una prolongada vulneración del derecho colectivo a un ambiente sano, causada por la operación durante más de dos décadas de un botadero a cielo abierto sin solución definitiva. La Sala concluyó que el Distrito, el operador y Corpoguajira incurrieron en omisiones que impidieron la transición hacia un sistema técnicamente adecuado, pese a contar con licencia ambiental y proyectos desde 2007. El fallo también ordena adelantar consulta previa con comunidades indígenas Wayuu, al existir más de 40 asentamientos en el área de influencia del proyecto, lo que hace obligatorio garantizar su participación sin que ello implique poder de veto. Adicionalmente, el Consejo de Estado ordenó a Corpoguajira iniciar y culminar procesos sancionatorios por las infracciones ambientales en el sitio de disposición final transitorio (SDFT), donde se evidenciaron incumplimientos, ampliaciones no autorizadas y falta de control oportuno, lo que agravó los impactos ambientales y sanitarios.

 La UPME modificó la conformación del Consejo Nacional de Operación de Gas Natural al designar un nuevo representante de los productores para el periodo vigente. La decisión se da tras el retiro de un agente previamente designado y la posterior no aceptación del cargo por parte de otro candidato en la lista de elegibles. En respuesta, la entidad aplicó el orden de elegibilidad establecido en la normativa para nombrar a un nuevo integrante, con el fin de garantizar la continuidad y adecuada representación dentro de este órgano asesor clave para la operación del sistema de transporte de gas natural en el país.

La Entidad reorganizó su estructura interna con la creación de un nuevo grupo especializado en gestión documental, archivo y atención al ciudadano, separado del área administrativa. La medida busca responder al aumento en la carga operativa, la modernización tecnológica y las nuevas exigencias en manejo de información pública y servicio al usuario.

La CREG habilitó una nueva oportunidad para que los generadores eléctricos se acojan al Precio de Escasez Inferior dentro del esquema del Cargo por Confiabilidad, mediante la creación de menús de transición a corto y largo plazo. Estos mecanismos permiten a las plantas con costos variables bajos ajustar voluntariamente sus condiciones contractuales, sustituyendo el precio de escasez vigente por uno inferior. La medida establece un procedimiento técnico para recalcular el Cargo por Confiabilidad, basado en la equivalencia de flujos financieros a lo largo del tiempo, garantizando estabilidad en los ingresos de los generadores y neutralidad para los usuarios. Los agentes interesados deberán manifestar su decisión ante el operador del sistema dentro de los plazos definidos. Con esta iniciativa, la CREG busca incentivar la participación en el mercado y fortalecer la confiabilidad del suministro eléctrico.

La entidad busca recibir insumos técnicos como nuevos análisis, estudios actualizados y propuestas complementarias que fortalezcan el diseño del mercado y respondan a los cambios en la oferta, la demanda y las señales de precio. Los aportes deberán ser enviados hasta el 30 de junio de 2026, tras lo cual la Comisión realizará mesas de trabajo para discutir las iniciativas y avanzar en el proceso regulatorio.

La CREG abrió una convocatoria para recibir propuestas y estudios orientados a modernizar el mecanismo de aseguramiento de la confiabilidad en el mercado eléctrico colombiano. La iniciativa busca actualizar el esquema del Cargo por Confiabilidad, vigente desde 2006 y clave para garantizar el suministro de energía, especialmente en periodos críticos. La entidad señaló que los cambios responden a la transformación de la matriz energética y a la incorporación de nuevas tecnologías de generación, lo que exige ajustes en la regulación para el mediano y largo plazo. Los interesados podrán enviar sus aportes técnicos hasta el 30 de junio de 2026.

La CRA avanza en la implementación del nuevo marco tarifario de acueducto y alcantarillado mediante jornadas de acompañamiento técnico dirigidas a las empresas prestadoras del país. Estas actividades hacen parte del proceso de socialización tras la expedición de la Resolución CRA 1032 de 2026 y buscan facilitar una aplicación técnica y ordenada del esquema, cuya entrada en vigencia está prevista para el 1 de julio de 2026. La Comisión anunció nuevas jornadas los días 23 y 24 de abril para el segmento 3, así como encuentros regionales para otros prestadores. El nuevo marco tarifario, resultado de más de cinco años de estudios, apunta a mejorar la sostenibilidad, eficiencia y calidad de los servicios para millones de usuarios en Colombia.

La ANM amplía el plazo para la subsanación de requisitos dentro del proceso de habilitación de Operadores Tecnológicos de Trazabilidad de Minerales (OTTM). Esta medida busca fortalecer la implementación de la Plataforma de Trazabilidad de Minerales (PTM), que entrará en operación el 19 de mayo de 2026 para proyectos de gran minería y de interés nacional. El sistema permitirá verificar en tiempo real la cadena de comercialización de minerales, garantizando transparencia y cumplimiento normativo.