La SDA analizó el proyecto de acuerdo que busca regular las "chivas rumberas" en Bogotá, declarándolo viable jurídicamente, con algunas observaciones. El análisis jurídico subraya la imposibilidad de implementar lineamientos clave relacionados con el control y la medición de ruido de fuentes móviles, así como la desactivación de estas, debido a la ausencia de reglamentación nacional.
La Ley 2450 de 2025, que establece la política de calidad acústica, aún no ha sido reglamentada por el Gobierno Nacional. Además, falta la normativa específica de los Ministerios de Transporte y Comercio para la tipología de "chivas turísticas". La SDA concluye que, sin esta reglamentación superior, las órdenes del Concejo sobre estos puntos serían de imposible cumplimiento, recomendando excluir tales lineamientos.
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