A través del presente proyecto de nora, el MinAmbiente buscaría establecer que el Registro Nacional de Reducción de las Emisiones y Remoción de Gases de Efecto Invernadero (RENARE) será administrado por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible bajo la coordinación de la Dirección de Cambio Climático y Gestión del Riesgo, para lo cual se contará con el apoyo técnico del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM). Las especificaciones de uso del RENARE para los usuarios, serán las establecidas en su Guía Técnica, la cual será actualizada por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
La SDA determinó que el Proyecto de Acuerdo No. 161 de 2024 “Por medio del cual se dictan lineamientos para la recuperación del espacio público debajo de los puentes vehiculares y sus alrededores en el distrito capital, con el fin de transformarlos en espacios destinados a la cultura, la seguridad y convivencia ciudadana, al comercio y al reverdecimiento” es jurídicamente inviable salvo que se armonice con las disposiciones consagradas en el Plan de Ordenamiento Territorial -POT “Bogotá Reverdece 2022- 2035”, adoptado mediante el Decreto Distrital 555 de 2021, se considere en su estructuración las competencias en cabeza del IDU, así como las del Jardín Botánico de Bogotá José Celestino Mutis referentes a plantación, establecimiento, mantenimiento y conservación del arbolado y la jardinería convencional de Bogotá y aporte lineamientos precisos o concretos que permitan la implementación del reverdecimiento en las zonas propuestas.
A través de la presente iniciativa presentada por el Ministerio de Ambiente, se busca adoptar los términos de referencia para la elaboración del estudio técnico que sustenta la solicitud de sustracción de áreas de reservas forestales del orden nacional y regional, para el desarrollo de actividades declaradas por Ley de utilidad pública o interés social las cuales aplicables a las solicitudes de sustracción a las que hacen referencia el inciso 1 del artículo 210 del Decreto Ley 2811 de 1974 y artículo 2.2.2.1.3.9. del Decreto 1076 de 2015, relacionados con las Reservas Forestales nacionales y regionales.
La Alta Corte revocó el auto del 4 de septiembre de 2023, proferido por el magistrado sustanciador del proceso, mediante el cual se decretó la suspensión provisional de dos conceptos de la DIAN, en los que interpretó el impuesto nacional sobre productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes, previsto en los artículos 50, 51, 52 y 53 de la Ley 2277 de 2022 (Reforma tributaria).
Para la Entidad se hace necesario precisar que si la persona prestadora de la actividad de recolección y transporte es diferente a la persona prestadora de la actividad de disposición final, será esta última la responsable de realizar los ajustes de productividad en la actualización del costo correspondiente; la Entidad indicó que “al fijar el factor de productividad para el año 2024, se traduce en un alivio en las tarifas para millones de usuarios en todo el país”.