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Domingo, 11 Octubre 2026

Edición 1740 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

El Gobierno publicó una normativa que crea un sistema específico de carrera administrativa para el cuerpo de guardaparques de Parques Nacionales Naturales de Colombia. Esta medida busca profesionalizar a estos servidores públicos, considerándolos actores estratégicos en la protección y gestión de las áreas protegidas. El objetivo es asegurar su idoneidad, especialización y garantizar condiciones laborales dignas, incluyendo derechos como formación especializada, cobertura de gastos en zonas remotas, equipos adecuados, seguros de vida y primas por riesgo y seguridad. Además, se establece una Escuela de Guardaparques para su capacitación permanente, integrando saberes ancestrales y científicos, con el fin de robustecer la conservación efectiva de la biodiversidad nacional.

Una nueva Ley busca proteger la continuidad de los negocios y facilitar que los clientes puedan ubicar a sus comercios habituales tras el traslado del establecimiento. Para ello, permite a los arrendatarios de locales comerciales, una vez terminado el contrato de arrendamiento, instalar durante un mes en el antiguo establecimiento un aviso visible con su nueva dirección y referencias comerciales. La medida prohíbe que el propietario del inmueble o terceros obstaculicen el ejercicio de este derecho y establece multas para quienes lo incumplan. Con ello, se busca preservar la relación con los clientes, promover la competencia leal y proteger el esfuerzo empresarial.

La CRA señaló que los convenios de facturación conjunta son contratos regulados que deben ajustarse a las condiciones previstas en la Resolución CRA 943 de 2021, sin perjuicio de la autonomía contractual de las partes. Estos acuerdos deben definir, entre otros aspectos, el ámbito de la facturación, el catastro de usuarios, los usuarios especiales, el objeto del convenio, los cronogramas para entregar información, las características de la factura, los mecanismos de recaudo, la recuperación de cartera y la posibilidad de realizar pagos independientes cuando existan peticiones, quejas o recursos. En particular, el catastro debe mantenerse actualizado e identificar a los usuarios, su estrato, clase de uso y área de prestación.

El Ministerio de Ambiente abordó una inquietud relacionada con el cobro de tarifas de seguimiento ambiental por parte de las Corporaciones Autónomas Regionales. La entidad sostiene que dichos cobros son obligatorios y recurrentes mientras el permiso ambiental esté vigente y existan condiciones u obligaciones por cumplir, incluso si la obra civil ha finalizado. Subraya que la legislación actual no prevé ajustes por proporcionalidad o exoneraciones basándose en que una estructura, como una obra vial, no genere impactos constantes. Los costos se calculan según profesionales, viáticos y análisis técnicos requeridos, dependiendo de cada seguimiento. Para finalizar estos cobros, se debe demostrar la aprobación de las obras y el cumplimiento total de todas las obligaciones impuestas en el permiso.

La DIAN explicó aspectos sobre la gestión tributaria de personas naturales que atraviesan procesos de insolvencia. La entidad reitera su competencia para interpretar normas fiscales, no procedimientos de insolvencia, y detalla la aplicación de las responsabilidades subsidiaria y solidaria. En caso de obligaciones solidarias, el cobro puede ser simultáneo con el deudor principal; la responsabilidad subsidiaria, en cambio, se activa solo si la administración no logra recaudar del deudor principal. Es crucial que los obligados, ya sean solidarios o subsidiarios, sean vinculados desde la fase de determinación de la deuda. Esto incluye a personas naturales, incluso pequeños comerciantes, representados por terceros, quienes asumen responsabilidad subsidiaria por deberes formales.