La DIAN explicó aspectos sobre la gestión tributaria de personas naturales que atraviesan procesos de insolvencia. La entidad reitera su competencia para interpretar normas fiscales, no procedimientos de insolvencia, y detalla la aplicación de las responsabilidades subsidiaria y solidaria. En caso de obligaciones solidarias, el cobro puede ser simultáneo con el deudor principal; la responsabilidad subsidiaria, en cambio, se activa solo si la administración no logra recaudar del deudor principal. Es crucial que los obligados, ya sean solidarios o subsidiarios, sean vinculados desde la fase de determinación de la deuda. Esto incluye a personas naturales, incluso pequeños comerciantes, representados por terceros, quienes asumen responsabilidad subsidiaria por deberes formales.