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CRA precisa sus competencias frente a la factura electrónica y la aplicación de tarifas de servicios públicos

Escrito por  Oct 09, 2026

La CRA precisa que la estructura y contenido de la factura electrónica reportada a la DIAN son competencia exclusiva de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales en el ámbito tributario, no de la CRA. Respecto a las imputaciones penales, la Comisión atiende y responde las peticiones en los términos legales establecidos, y este concepto constituye su análisis técnico regulatorio. Las acciones penales, disciplinarias o de control fiscal son de libre determinación del peticionario y no modifican el contenido técnico de la respuesta. Asimismo, la CRA indicó que la operación aritmética de costos facturados corresponde a la normativa vigente, pero la verificación de la correcta aplicación tarifaria recae en la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios o en una reclamación directa al prestador.

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Modificado por última vez en Jueves, 08 Octubre 2026 20:00