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Domingo, 11 Octubre 2026

Edición 1740 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

La CREG prorrogó el plazo para que las empresas de servicios públicos de energía y gas entreguen los reportes de Gastos de Administración, Operación y Mantenimiento (AOM) correspondientes a 2025. Esta extensión, motivada por la emergencia tras el evento sísmico del 10 de agosto, busca facilitar el cumplimiento a los agentes afectados. El nuevo límite para la entrega de esta información es el 18 de septiembre de 2026. Además, la circular precisa que no se deben reenviar ciertas plantillas ya presentadas previamente, excepto si la empresa realiza actividades reguladas distintas a la distribución y comercialización de energía. El objetivo principal es ajustar los tiempos de reporte ante la situación de calamidad pública, asegurando la correcta recopilación de datos de AOM y evitando duplicidades innecesarias.

El Consejo de Estado suspendió provisionalmente actos administrativos de Corporinoquia y sus modificaciones, que establecieron las "Medidas de Manejo Ambiental" (MMA). La decisión se fundamentó en la falta de competencia de la Corporación, al considerar que dicho instrumento de gestión ambiental, que exigía estudios técnicos, evaluación, aprobación, control, seguimiento y cobro para proyectos agrícolas, forestales y agroindustriales, no estaba previsto en la legislación vigente. La autoridad ambiental carecía de facultades para incorporar tal régimen al orden jurídico. Se aclaró que la suspensión provisional por falsa motivación de hecho no aplica cuando se cuestiona la veracidad o respaldo técnico de los motivos, ya que esto requiere valoración probatoria de la sentencia, no la confrontación normativa exigida para la medida cautelar.

La Corte Constitucional analizó la negativa de Empresas Públicas de Medellín (EPM) a instalar el servicio de agua potable en modalidad prepago solicitado por una madre comunitaria, cuyo hogar atiende a 13 niños en condición de vulnerabilidad. Aunque la Corte determinó que no existía una vulneración actual del derecho al agua, debido a que el servicio no había sido suspendido, advirtió que la deuda existente representaba una amenaza de interrupción del suministro. Por ello, amparó el derecho fundamental al agua y precisó que, si EPM llegara a suspender el servicio, deberá garantizar de manera inmediata un suministro mínimo vital de entre 50 y 100 litros diarios por persona, mediante cualquier mecanismo tecnológico, mientras se reevalúa el acuerdo de pago. Además, exhortó al Distrito de Medellín a flexibilizar los requisitos para incorporar el hogar comunitario al programa de Mínimo Vital de Agua Potable.

El Ministerio de Ambiente explicó aspectos sobre la publicidad de los actos administrativos en los procesos ambientales, respondiendo a interrogantes frecuentes. La entidad aclara que todo acto que inicie, culmine, modifique o cancele licencias, permisos, autorizaciones o concesiones ambientales debe ser debidamente publicado por la autoridad competente. Este requisito, que se extiende a decisiones sobre bosques, flora silvestre y convocatorias a audiencias públicas, busca asegurar la transparencia y el acceso a la información. Además, el concepto especifica que los costos inherentes a estas publicaciones deben ser asumidos por el peticionario o parte interesada en el trámite ambiental. Finalmente, el Ministerio informó que no ha expedido criterios unificados sobre esta materia.

La CREG aclaró que los proyectos de generación con compromisos de energía firme pueden declarar operación comercial y cumplir sus obligaciones mediante conexiones temporales. Esto aplica cuando la conexión definitiva se retrasa por obras de expansión en subestaciones. La regulación permite estas conexiones provisionales si la capacidad temporal es suficiente y se cumplen las condiciones técnicas. Sin embargo, se enfatiza que estas soluciones no modifican las obligaciones adquiridas, por lo que el generador debe asegurar el cumplimiento mediante otras vías si la conexión temporal finaliza sin una solución permanente. La responsabilidad y los riesgos de inversión recaen siempre en el desarrollador del proyecto.