La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) avaló en términos generales el proyecto del Ministerio de Ambiente que modifica el régimen de gestión integral de residuos peligrosos, al considerar que fortalece la trazabilidad, el control ambiental y la economía circular. Sin embargo, advirtió que las nuevas obligaciones técnicas, operativas y de información podrían generar costos adicionales para empresas, gestores, transportadores y laboratorios, especialmente por exigencias de ensayos, acreditaciones, infraestructura y mayores reportes. La entidad recomendó al MinAmbiente profundizar el análisis sobre el impacto económico y competitivo de estas medidas, así como justificar mejor los plazos de transición previstos para evitar barreras de entrada o afectaciones desproporcionadas en el mercado.
El Ministerio de Vivienda impulsa una regulación para reglamentar el mecanismo especial de apoyo, buscando impulsar la inversión y sostenibilidad de los sistemas de aprovisionamiento de agua gestionados por comunidades. Esta iniciativa, derivada de la Ley 2294 de 2023 y el Decreto 1077 de 2015, pretende fortalecer la gestión comunitaria del agua y el saneamiento básico, facilitando el acceso a recursos financieros para la construcción, ampliación, optimización, reconstrucción, rehabilitación o gestión del riesgo de infraestructuras. Se financiarán equipos, materiales, repuestos, y costos administrativos y operativos, promoviendo convenios solidarios con gestores comunitarios para asegurar un servicio público eficiente y sostenible, en línea con el Plan Nacional de Desarrollo y los preceptos constitucionales sobre el bienestar general y el mejoramiento de la calidad de vida de la población
La CREG avanza en el análisis regulatorio sobre la incorporación del hidrógeno como vector energético y convocó a la presentación de un estudio técnico orientado a evaluar la integridad de los ductos del Sistema Nacional de Transporte (SNT) frente a la posible mezcla de hidrógeno con gas natural. El estudio busca determinar qué porcentajes de hidrógeno podrían permitirse en la red de gasoductos sin afectar las condiciones de seguridad, operación y confiabilidad del sistema. Con esta iniciativa, la Comisión pretende socializar la revisión técnica adelantada sobre el transporte de mezclas de gas natural e hidrógeno (“blending”), identificar impactos en la infraestructura existente y avanzar en la definición de futuras actividades regulatorias asociadas a la transición energética y al uso de combustibles de bajas emisiones.
La CREG convoca a gobernadores, alcaldes, personeros, usuarios de GLP, agentes, gremios y demás interesados, que busca socializar la propuesta regulatoria que establece los procedimientos para ejecutar los proyectos del Plan de Continuidad en materia de Gas Licuado de Petróleo (GLP), plasmada en el Proyecto de Resolución No. 703 004 de 2026. Reiteró que los encuentros se realizarán en diversas ciudades: Bogotá D.C. (25 de mayo), Pasto (27 de mayo), San Andrés (29 de mayo), Leticia (2 de junio) y Girón (4 de junio), todos en 2026. Los participantes podrán intervenir directamente con ponencias, las cuales deben ser inscritas dos días hábiles antes de cada audiencia a través del correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. Las sesiones, que incluyen presentación de la propuesta, ponencias y preguntas, también podrán seguirse virtualmente a través del sitio web de la CREG y sus redes sociales. El plazo para enviar comentarios sobre el proyecto de resolución vence el 3 de junio de 2026
Con esta Ley se amparan derechos de las personas víctimas de suplantación de identidad. La legislación obliga a operadores de telecomunicaciones, entidades financieras, crediticias y establecimientos comerciales a adoptar medidas, procesos y políticas estrictas para frenar el cobro de obligaciones fraudulentas y evitar reportes negativos ante centrales de información. El marco legal, regido por principios de acceso y circulación restringida de datos, establece que la ley entrará en vigencia general en un plazo de seis meses, con excepción de disposiciones inmediatas sobre su promulgación.