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Domingo, 11 Octubre 2026

Edición 1740 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca admitió una acción popular relacionada con la presunta amenaza o vulneración de derechos colectivos derivada de la expedición, aplicación y proyección de diferentes actos administrativos vinculados con las reservas temporales de recursos naturales, las Zonas y Áreas de Protección para la Producción de Alimentos (ZPPA y APPA), los Territorios Campesinos Agroalimentarios (TECAM), las Zonas de Reserva Campesina y las determinantes de ordenamiento territorial. Según lo planteado en la demanda, estas actuaciones habrían generado superposición de instrumentos de ordenamiento, afectación de las competencias de las entidades territoriales, inseguridad jurídica y riesgos para la planificación y gestión ambiental, rural y urbana del territorio nacional. Los accionantes solicitan la protección de los derechos colectivos invocados y medidas frente a los actos administrativos cuestionados, así como la armonización de los instrumentos de ordenamiento territorial mediante la expedición de una Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial.

Ante los retos que enfrenta el país en materia de infraestructura de energía y gas, por fenómenos naturales como El Niño y recientes sismos que han afectado gravemente la prestación de servicios esenciales, el Ministerio de Minas y Energía creó un Comité Sectorial para la Seguridad Energética Nacional. Su objetivo es coordinar de forma urgente acciones preventivas y de respuesta frente a limitaciones técnicas, operacionales o de infraestructura, garantizando así la confiabilidad, continuidad y el oportuno abastecimiento de energía eléctrica y gas combustible para todos los colombianos, reemplazando un comité anterior que no tenía carácter operativo.

La Secretaría Distrital de Ambiente consideró jurídicamente viable un proyecto de ley que busca otorgar mayor autonomía a los municipios para regular el uso de sus tierras rurales. Esta iniciativa pretende eliminar unas figuras de protección territorial previamente establecidas por una normativa nacional, que han generado inseguridad jurídica y afectan una vasta extensión del país, además de derechos de propiedad. Si bien se celebra el restablecimiento de la capacidad local, la Secretaría subraya la importancia de revisar cuidadosamente el procedimiento de derogación, considerando que las determinantes de ordenamiento territorial de alta jerarquía podrían requerir una ley orgánica, no una ordinaria, para su modificación.

El Ministerio de Ambiente clarificó aspectos sobre la participación de las autoridades ambientales regionales en los procesos de licenciamiento de grandes proyectos. Ante la inquietud sobre si el pronunciamiento requerido por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) debía abarcar la revisión completa de un Estudio de Impacto Ambiental o solo sus componentes de recursos naturales, el Ministerio precisa la función. Las autoridades regionales deberán emitir su concepto exclusivamente sobre el uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables asociados al proyecto. La evaluación integral del estudio y la decisión final sobre la licencia ambiental son responsabilidad única y total de la ANLA, como la entidad competente para estos casos.

La CREG respondió a inquietudes sobre la determinación de precios en los servicios públicos de energía eléctrica y gas combustible. La entidad explicó que su función es establecer las fórmulas tarifarias, guiándose por principios como la neutralidad y la solidaridad para asegurar que los costos reflejen la prestación eficiente del servicio. Las tarifas, tanto fijas como variables, agrupan los gastos de generación, transporte, distribución y comercialización, y pueden variar por factores como el costo de la energía o el gas, inversiones en infraestructura, desempeño operativo y fluctuaciones en indicadores económicos, además de incluir subsidios para estratos bajos y contribuciones para otros.