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Sábado, 10 Octubre 2026

Edición 1740 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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La SSPD precisó las reglas de facturación del servicio público de aseo en inmuebles sometidos al régimen de propiedad horizontal, particularmente cuando se acogen a la opción tarifaria de multiusuarios. Señaló que esta modalidad permite calcular el componente variable con base en la cantidad real de residuos generados y aforados, pero no modifica la obligación de expedir una factura individual para cada inmueble, en la que se incluya el cargo fijo y la parte proporcional de los residuos. Asimismo, aclaró que la condición de multiusuario no genera por sí sola el derecho al descuento del 10 % por recolección sin servicio puerta a puerta, pues este solo procede cuando el prestador determine una imposibilidad operativa para realizarla bajo esa modalidad. Finalmente, indicó que los cobros no autorizados pueden dar lugar a su recalculo y devolución conforme a la regulación vigente.

MinAmbiente precisó que el registro fotográfico constituye una prueba documental que debe ser valorada por el juez conforme a las reglas de la sana crítica, siempre que cumpla condiciones de autenticidad, legalidad, pertinencia, conducencia y utilidad. Al citar jurisprudencia de la Corte Constitucional y del Consejo de Estado, señaló que una fotografía permite representar un hecho, pero su valor probatorio no depende únicamente de su autenticidad formal, sino de que pueda establecerse que la imagen corresponde efectivamente a los hechos que se pretenden demostrar. Por ello, debe existir certeza sobre su origen y las circunstancias de tiempo y lugar en que fue captada, y resulta necesario cotejarla con testimonios, documentos u otros medios de prueba. El Ministerio agregó que, si estos elementos no pueden establecerse, la fotografía tendrá un valor probatorio relativo y será apreciada por el juez junto con las demás pruebas.

La CREG emitió directrices a las empresas que proveen electricidad a través de sistemas solares fotovoltaicos individuales en zonas sin interconexión a la red nacional. Esta disposición busca mantener actualizados los criterios de cálculo que definen los valores de las tarifas. La medida surge de la necesidad de revisar periódicamente los parámetros técnicos y económicos, como la "Unidad Constructiva Red Panel", para asegurar que el modelo de remuneración refleje las condiciones actuales del mercado y la tecnología. El objetivo es optimizar la equidad en el cobro del servicio, beneficiando tanto a los proveedores como a los usuarios finales en estas comunidades.

El Ministerio de Vivienda explicó aspectos sobre la instalación de paneles solares en edificios y conjuntos residenciales, orientando a propietarios y administradores. Este documento, que no resuelve casos particulares, destaca que, aunque se promueve el uso de energías renovables como la solar, su implementación debe armonizarse con las reglas de convivencia, seguridad y la función ecológica de la propiedad. Es crucial obtener la aprobación de la asamblea de propietarios si los paneles son visibles, modifican bienes comunes como techos o fachadas, o alteran la estructura del inmueble. Además, la instalación debe cumplir con normativas técnicas, presentar diseños certificados y contar con el aval de la aseguradora para garantizar la seguridad del conjunto y la armonía arquitectónica.

El Ministerio de Ambiente explicó el marco jurídico vigente para la imposición y tasación de multas ambientales tras las modificaciones introducidas por la Ley 2387 de 2024. Precisó que el nuevo régimen establece un tope máximo de 100.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMMLV), cuya aplicación depende de la valoración técnica y jurídica de cada caso, bajo criterios como el beneficio ilícito, la temporalidad, la afectación ambiental, el riesgo, los agravantes y atenuantes, los costos asociados y la capacidad socioeconómica del infractor. Además, señaló que, mientras se armoniza la reglamentación, continúan aplicándose, en lo compatible con la nueva ley, el Decreto 1076 de 2015 y la metodología de la Resolución 2086 de 2010.