La CRA reiteró que la actualización tarifaria prevista en el artículo 125 de la Ley 142 de 1994, incluso si es una aplicación automática de índices de precios, debe ser aprobada por la Entidad Tarifaria Local (ETL), es decir, la junta directiva o su equivalente. El gerente o representante legal de una empresa no posee esta competencia, incluso si los estatutos no lo prohíben expresamente. La regulación vigente reserva a la ETL la potestad exclusiva para definir y aprobar cualquier variación tarifaria. Realizar estas actualizaciones sin la aprobación de la junta directiva podría configurarse como un cobro no autorizado, cuya determinación final y eventual devolución corresponde a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios
La CRA precisó que las empresas de servicios públicos no tienen la potestad legal para imponer multas a los usuarios por defraudación de fluidos. Esta conducta, tipificada en el Código Penal como un delito contra el patrimonio económico, es competencia exclusiva de la jurisdicción penal para su investigación y sanción. Las empresas pueden suspender o cortar el servicio por incumplimientos contractuales, respetando el debido proceso, pero deben denunciar el ilícito a la Fiscalía General de la Nación para que las autoridades competentes impongan las penas correspondientes. La recuperación de consumos no facturados tiene un carácter resarcitorio, diferente a una multa punitiva.
La SIC ordenó medidas cautelares contra Ciudad Limpia Bogotá, Promoambiental Cali, Promoambiental Valle y Veolia Aseo Cali. Esta acción preventiva busca salvaguardar la libre competencia y el derecho a la libre elección de los usuarios en la prestación del servicio de aseo en Cali, ante posibles conductas distorsivas del mercado. La SIC exige a los operadores informar a los usuarios sobre el modelo de libre competencia, abstenerse de coordinar acciones, especialmente usando la Unión Temporal SICO, y entregar a Emsirva el catastro multipropósito, Contratos de Condiciones Uniformes y bases de información operativa. La decisión preliminar busca eliminar el riesgo de ventaja competitiva y asegurar la igualdad de condiciones para todos los agentes del mercado.
La CRA publicó una guía para los grandes prestadores de servicios de acueducto y alcantarillado, aquellos con más de 5.000 suscriptores, predominantemente urbanos. Este documento busca clarificar la Resolución CRA 1032 de 2026, que establece el Nuevo Marco Tarifario para Grandes Prestadores de Acueducto y Alcantarillado (NMTGPAA), con vigencia a partir del 1 de julio de 2026. La guía, lejos de crear nuevas obligaciones, facilita la comprensión y correcta implementación de la metodología para calcular los costos económicos de referencia, garantizando así la calidad y sostenibilidad del servicio. Incluye pasos desde la identificación del ámbito de aplicación y la definición del Área de Prestación del Servicio (APS) hasta el cálculo de los cargos fijos y por consumo. Se enfatiza una transición gradual, donde 2026 es para estudios técnicos, 2027 para fijar metas y 2028 para la plena aplicación de incentivos y descuentos por desempeño, con recálculo anual de costos.
La Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado analizó un conflicto negativo de competencias administrativas surgido entre Colombia Compra Eficiente, el Ministerio de Hacienda, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y la CREG, con el propósito de definir qué entidad debe resolver un derecho de petición de consulta presentado por un particular sobre la viabilidad de celebrar contratos Power Purchase Agreement (PPA) en esquemas de autogeneración de energía a pequeña escala, bajo la modalidad “pague lo generado”, sin requerir autorización de vigencias futuras. La corporación precisó que su función no consiste en pronunciarse sobre la legalidad o conveniencia de estos contratos, sino en identificar la autoridad competente para emitir el concepto solicitado. Para ello, revisó el alcance del derecho de petición en modalidad de consulta y examinó las competencias legales de las entidades involucradas en materia de contratación pública, política presupuestal, regulación energética e inspección y vigilancia de servicios públicos domiciliarios.