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Domingo, 28 Abril 2024

Edición 1155 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

Debido a que esta semana se lleva a cabo la semana de receso escolar, y que muchos congresistas quieren compartir con sus hijos que están escolarizados, el Congreso de la República sesionará hasta el día de hoy, martes 10 de octubre. Las sesiones legislativas serían retomadas hasta el martes 17 de octubre. Ayer, al cierre de esta edición la Plenaria de la Cámara se preparaba para dar inicio a la votación del articulado de la Reforma a la Salud. Previamente se había votado el Proyecto de Acto Legislativo de Cannabis de uso adulto. 

 

La presente ley tiene por objeto establecer mecanismos para otorgar la certificación de hospitales universitarios a las instituciones prestadoras de servicios de salud por medio de un proceso de acreditación cumplido en plazos específicos, buscando así garantizar la formación en servicios de salud con criterios de calidad.

De acuerdo con lo establecido en la presente Ley, “las entidades promotoras de salud públicas y privadas, o quien haga sus veces, deberán adaptar sus servicios para las familias numerosas y múltiples modificando sus reglamentos en lo pertinente. Deberán incluir en sus programas de asesoría prenatal información sobre embarazos múltiples, así como atención y seguimiento psicosocial especializada, en cualquier etapa del embarazo y garantizar el acceso a un especialista en medicina materno fetal para su control y seguimiento que según criterio médico sea necesario para el correcto desarrollo del embarazo”.

La Alta Corte trae a colación la Sentencia C-355 de 2006, en la  que precisó que no se incurre en el delito de aborto cuando con la voluntad de la mujer, la interrupción del embarazo se produzca “Cuando el embarazo sea el resultado de una conducta, debidamente denunciada, constitutiva de acceso carnal o acto sexual sin consentimiento, abusivo o de inseminación artificial o transferencia de óvulo fecundado no consentidas, o de incesto”, se sigue que la pretensión de la demandante es claramente

Ante la pregunta formulada por el ministerio de Salud sobre ¿desde qué mes se consideraría que se hizo efectivo el incremento de los dos puntos porcentuales de la contribución del valor de la prima anual establecida para el SOAT en el artículo 3 de la Ley 2161 de 2021, desde el 26 de noviembre de 2021 o partir del 1 de enero de 2022?, la Sala respondió: “La Ley 2161 de 2021 entró a regir el 26 de noviembre de 2021, y en consecuencia, a partir de ese día se hizo efectivo el incremento señalado en su artículo 3°”

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