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Sábado, 04 Mayo 2024

Edición 1159 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

El presente acto precisa que el límite de velocidad en vías urbanas y carreteras municipales en ningún caso podrá sobrepasar los 50 km por hora; la velocidad en las zonas escolares y en zonas residenciales será hasta de 30 km por hora y el límite de velocidad en carreteras

 “La Gobernadora del Departamento de Arauca, mediante el Decreto núm. 864 de 2022 priorizó y aprobó cinco (5) proyectos de inversión a realizarse en el Departamento de Arauca; todos con cargo a los recursos del Sistema General de Regalías. La parte demandada, en los

La Sala anuló el aparte «los dineros por pagos realizados no serían objeto de devolución por parte de la autoridad tributaria departamental en caso que medie solicitud en tal sentido» del numeral 1 del acápite instructivo de la Circular 022 del 19 de diciembre de 2018, expedida

“Es aquella construcción, mantenimiento, instalación o realización dé cualquier otro trabajo material sobre bienes inmuebles, cualquiera que sea la modalidad de ejecución y pago, que un (1) año después de vencido el término de liquidación contractual, no haya concluido de manera satisfactoria para el interés general o el definido por la entidad estatal contratante, o no esté prestando el servicio para el cual fue contratada. Cuando la obra civil no haya concluido de manera satisfactoria por causas que no sean imputables al contratista, un comité técnico, designado por el representante legal de la entidad contratante, definirá si efectivamente corresponde a una obra civil inconclusa.”.

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La Entidad, en atención a las características del sistema presupuestal del Sistema General de Regalías contenidas en el Título VII de la Ley 2056 de 2020, sobre el presupuesto del SGR opera una autorización máxima de gasto, sin que proceda la aprobación de proyectos de inversión que superen dicha autorización. De esta forma, el OCAD Regional, para continuar el ciclo de aprobación, requiere conocer la disponibilidad de recursos de cada una de las fuentes, por lo cual es necesario precisar las responsabilidades de las secretarías de planeación de las entidades beneficiarias y de las secretarías técnicas de los OCAD Regionales, sobre este aspecto.