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Jueves, 10 Julio 2025

Edición 1440 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

La Corte Constitucional declaró la constitucionalidad parcial del Decreto Legislativo 106 de 2025, que adopta medidas para garantizar medios de vida y producción de alimentos mediante financiamiento, crédito y alivio de pasivos en el sector agropecuario afectado por la situación de orden público en la región del Catatumbo. La Corte consideró que el decreto cumple con los requisitos formales, pues fue dictado en desarrollo del estado de conmoción interior declarado en el Catatumbo y áreas aledañas. 

La Corte Constitucional declaró la inexequibilidad por consecuencia del Decreto Legislativo 180 de 2025 porque este decreto se fundamentó en materias previas ya declaradas inexequibles en la Sentencia C-148 de 2025. En particular, la regulación buscaba enfrentar problemas estructurales relacionados con los cultivos ilícitos y las deficiencias del Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos Ilícitos (PNIS), quienes requieren soluciones de fondo y no medidas excepcionales. La Corte destacó que el problema de los cultivos ilícitos es histórico y estructural, por lo que no puede atenderse mediante decretos legislativos que adoptan medidas extraordinarias bajo un estado de conmoción interior, pues desconoce la finalidad constitucional de estos decretos. 

La Corte Constitucional declaró inexequibles varias normas del Decreto 108 de 2025 por ir más allá de los límites legales. Se declaró inválida la expresión “y las personas que se reincorporen a la vida civil” del artículo 2, que modificó la Ley 387 de 1997, además de los artículos 3, 4 y 7 del decreto. Estas normas fueron anuladas porque atendían problemas estructurales relacionados con el acceso a la tierra y la informalidad en su tenencia, que corresponden a una política pública agraria y no a una situación de emergencia. También se declaró inexequible el artículo 4 con efectos retroactivos y algunos elementos del artículo 5. Estas decisiones buscan proteger el derecho fundamental a la propiedad y mantener el control constitucional.

En cuanto al medio ambiente, el proyecto de Decreto incorpora la función social y ecológica de la propiedad; ante incumplimientos atribuidos a la comunidad, se suspenden los procedimientos hasta concertar medidas correctivas, lo que protege el equilibrio ecológico y evita daños ambientales derivados de la gestión territorial indígena. El Ministerio de Agricultura busca reglamentar la dotación y titulación de tierras a las comunidades indígenas para garantizar el goce efectivo del derecho fundamental al territorio colectivo, promoviendo la constitución, reestructuración, ampliación y saneamiento de los resguardos indígenas en todo el país. Esta reglamentación responde a mandatos constitucionales que reconocen la autonomía territorial y la diversidad étnica en Colombia, atendiendo también las recomendaciones de la Consulta Previa y compromisos internacionales. Busca facilitar procedimientos claros, asegurar la seguridad jurídica y respetar los derechos de terceros, potenciando la protección y desarrollo de comunidades indígenas.

La Ley 2462 de 2025 modifica la Ley 731 de 2002 para garantizar igualdad de oportunidades a mujeres rurales, campesinas y de la pesca, especialmente a las de bajos recursos o afectadas por conflictos y despojos. Reconoce su papel integral en la producción, economía y cultura rural, incluso en actividades no remuneradas o no reconocidas oficialmente. Establece políticas públicas, acceso a justicia, apoyo financiero, reconocimiento de saberes y participación en la conservación ambiental. Busca cerrar brechas históricas y fortalecer su autonomía económica y social.