La Ley busca incluir a las juventudes rurales en el sistema de reforma agraria y desarrollo rural de Colombia, garantizando su acceso a tierra, proyectos productivos, formación académica y técnica, y promoviendo su participación activa en el sector agrícola. Tiene como objetivo fortalecer su autonomía, reconocimiento social y ejercicio de derechos, promoviendo la innovación, emprendimiento, y el uso de tecnologías TIC. La ley también regula mecanismos de protección laboral y acceso a financiamiento, además de establecer sistemas de asesoría, representación y gobernanza territorial, promoviendo la inclusión social, económica y cultural de las juventudes rurales en línea con el desarrollo sostenible y la paz territorial
La Entidad precisó que la Constitución de Zonas de Reserva Campesina está limitada por la normativa vigente, que restringe su establecimiento en áreas con usos urbanos, de expansión o suburbana, donde predomina la actividad industrial, agroindustrial o parcelaciones urbanas. La Agencia Nacional de Tierras solo puede intervenir en suelo rural, no en zonas urbanas, según la ley 160 de 1994 y el Decreto 2363 de 2015. Además, existen prohibiciones específicas en áreas protegidas, parques naturales y territorios étnicos. Por ello, la constitución de ZRC en zonas urbanas o de expansión está claramente excluida, y cualquier intervención debe respetar estos límites jurídicos, priorizando la coordinación con autoridades locales para evitar impactos negativos en el ordenamiento territorial y el desarrollo urbano.
La ADR analizó la Ley 2294 de 2023, que enmarca la gestión de infraestructura y bienes vinculados a los distritos de adecuación de tierras, estableciendo obligaciones inmediatas para las entidades territoriales, que deben administrar, mantener y operar estos bienes sin necesidad de reglamentación adicional. También regula la cesión gratuita de infraestructura y bienes por parte de la ADR a entidades públicas, facilitando su gestión y protección del territorio. La normativa busca agilizar procesos, promover el desarrollo rural y garantizar el ordenamiento territorial de manera eficiente, respetando los marcos legales y constitucionales.
La ADR aclaró que no tiene competencia para presentar proyectos de ley, función exclusiva del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural (MADR), conforme al artículo 200 de la Constitución y la Ley 5 de 1992. La modificación del Decreto Ley 2364 de 2015 debe seguir el procedimiento legislativo ordinario en el Congreso. La ADR puede apoyar en la estructuración del borrador del proyecto, pero no comprometerse a presentarlo ni fijar plazos para ello. Durante el proceso, se ha respetado la participación y consulta previa de los pueblos indígenas, en línea con la normativa vigente y principios de autonomía y diversidad cultural.
Las consideraciones jurídicas del análisis del concepto sobre el proyecto de resolución de MinAgricultura residen en la evaluación del impacto de dichas políticas públicas sobre la libre competencia. La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) enfatiza en evitar la incorporación de reglas que generen barreras de entrada o ventajas desleales para ciertos agentes, protegiendo la dinámica competitiva en los mercados de bioinsumos, fertilizantes orgánicos y acondicionadores de suelos. Se subraya que el proyecto, aunque establece lineamientos generales, anticipa regulaciones con incidencia directa en la competencia, por lo que es fundamental garantizar transparencia, igualdad de condiciones y evitar restricciones innecesarias.