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prensa juridica

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Colombia Compra aclara que la verificación de certificados de discapacidad para los incentivos del Decreto 0287 de 2026 debe realizarse conforme a la normativa del Registro para la Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad (RLCPD). Este registro, considerado la plataforma oficial, contiene información sensible no pública; las entidades estatales deben consultar el Sistema Integrado de Información de la Protección Social para casos individuales, o solicitar datos masivos al Ministerio de Salud y Protección Social, dejando constancia de la verificación en los documentos del proceso. El Decreto 0287 de 2026 establece un Sistema Integral de Preferencias que otorga un puntaje adicional del 2% en licitaciones y concursos para proponentes que acrediten condiciones de emprendimiento, empresa o vinculación de personas con discapacidad, en cumplimiento de una orden judicial que buscó subsanar omisiones reglamentarias en la inclusión de esta población.

La Contraloría General de la República precisó que la declaratoria de utilidad pública e interés social constituye un instrumento jurídico que habilita al Estado para adquirir bienes necesarios para la ejecución de obras o proyectos de interés colectivo, incluso mediante expropiación cuando no sea posible una negociación voluntaria. En un concepto, explicó que esta declaratoria debe estar expresamente prevista en la ley, responder a una finalidad de interés general y respetar el debido proceso y el derecho a la propiedad. Agregó que su alcance varía según el régimen jurídico aplicable a cada proyecto, por lo que las autoridades deben verificar el marco normativo específico antes de adelantar los procedimientos de adquisición de los inmuebles.

La Contraloría General de la República precisó que el control fiscal sobre las empresas de servicios públicos domiciliarios mixtas y privadas se ejerce únicamente respecto de los recursos públicos que administren o manejen, y no sobre la totalidad de su patrimonio o actividad empresarial. En un concepto jurídico, explicó que esta competencia se fundamenta en la Constitución y en la Ley 142 de 1994, por lo que la vigilancia recae sobre la gestión fiscal relacionada con dichos recursos, sin afectar la naturaleza privada de las empresas. Agregó que el control comprende la verificación de los principios de eficiencia, economía, eficacia, equidad y valoración de costos ambientales en el manejo de los fondos públicos, con el fin de garantizar su adecuada administración y proteger el patrimonio del Estado.

El Consejo de Estado precisó que la reforma de la demanda no revive términos de caducidad vencidos, al tratarse de una figura de orden público que no puede quedar al arbitrio de las partes. En consecuencia, precisó que toda nueva pretensión incorporada mediante una reforma debe superar de manera autónoma el examen de caducidad y procedibilidad. Al resolver una controversia derivada de un proceso de contratación estatal, la Sala analizó el régimen de los actos precontractuales bajo la Ley 446 de 1998 y recordó que la nulidad y restablecimiento del derecho contra estos actos debía promoverse dentro de los 30 días siguientes a su notificación. Vencido ese plazo y celebrado el contrato, solo es posible solicitar su nulidad absoluta mediante la acción contractual, sin que procedan pretensiones indemnizatorias sustentadas en actos precontractuales ya caducados.

La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD) publicó un resumen de las decisiones adoptadas por esta Entidad durante el segundo trimestre de 2026, a través de las cuales confirmó sanciones y multas significativas a prestadores de energía eléctrica y gas combustible. El resumen refleja que Enel Colombia S.A. E.S.P. fue sancionada por distorsionar el mercado al ofertar energía hidroeléctrica sin reflejar el costo real del agua. Caribemar de la Costa E.S.P. recibió una multa de 732 millones de COP por incumplimientos en el cambio de medidores y entrega de información. Centrales Eléctricas de Nariño S.A. E.S.P. (CEDENAR) enfrenta una multa de 2.249 millones de COP por fallas en la operación de su sistema de protecciones y seguridad de líneas.

El Ministerio de Ambiente adoptó nuevos Términos de Referencia (TdR-032) para la elaboración de Estudios de Impacto Ambiental (EIA), en la tramitación de licencias ambientales globales o definitivas para proyectos de pequeña minería. La resolución, basada en leyes como la 99 de 1993 y sentencias recientes, busca fortalecer la evaluación de impactos ambientales, incluyendo criterios específicos para el cambio climático. Es de aplicación obligatoria para autoridades y titulares mineros de pequeña escala, permitiendo adaptaciones justificadas. Además, establece un procedimiento detallado para la sustracción de áreas de reserva forestal y un régimen de transición para proyectos ya en curso, derogando la Resolución 590 de 2018 y ajustando aspectos de la Resolución 1705 de 2024.

El Ministerio de Minas detalló las medidas para asegurar el suministro de gas natural entre el 30 de julio y el 3 de agosto de 2026, fecha del mantenimiento programado de la Planta de Regasificación de Cartagena. La circular aclara las Resoluciones 40267 y 40289 de 2026, estableciendo la obligatoriedad de reportar las negociaciones de contratos de gas importado para la Demanda Esencial. Se definen estrictas prioridades en las negociaciones de gas y asignación de capacidad de transporte, favoreciendo primero la Demanda Esencial y luego a los generadores térmicos. Además, se insta a facilitar acuerdos para el uso de gas que no cumpla las especificaciones RUT, garantizando así la estabilidad energética del país ante este evento crítico.

La CREG estableció un nuevo régimen para las convocatorias públicas de compra y venta de energía eléctrica. Esta medida desarrolla el Sistema Centralizado de Información de Convocatorias Públicas (SICEP) en su modalidad transaccional, buscando corregir fallas de mercado previamente identificadas, como la limitada participación de generadores, la exposición de la demanda regulada a la volatilidad de la bolsa y la falta de mecanismos estandarizados y anónimos para la contratación a largo plazo. La resolución, fruto de un mandato legal y análisis de impacto, estandarizará y anonimizará los procesos de contratación, mejorando la transparencia, la disciplina competitiva y la formación de precios. El SICEP ahora permitirá ejecutar íntegramente estas convocatorias, incrementando la contratación de energía de largo plazo y contribuyendo a la estabilidad tarifaria para los usuarios regulados, promoviendo la eficiencia económica y la gestión diligente de riesgos.