Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme
prensa juridica

prensa juridica

El Consejo de Estado decretó la suspensión provisional del artículo 2 del Decreto 415 de abril de 2026, que adiciona el Capítulo 5 al Decreto 1833 de 2016, el cual regula el giro de recursos de cuentas de ahorro individual a Colpensiones para afiliados que ejercieron la oportunidad de traslado sin haber consolidado su derecho pensional. Esta decisión se basa en que el decreto ordena un traslado inmediato de la totalidad de los recursos a Colpensiones, incumpliendo la regla legal del artículo 76 de la Ley 2381 de 2024 y su desarrollo reglamentario (Decreto 1225 de 2024), que condicionan dicho traslado a la consolidación del derecho pensional. El Consejo advirtió que el decreto desbordó la potestad reglamentaria, modificando sustancialmente el régimen legal y afectando la administración de recursos antes de la resolución definitiva sobre la constitucionalidad de la ley, justificando así la suspensión parcial.

El Consejo de Estado negó la nulidad de la Resolución SSPD-20211000566545, que regula la contribución adicional para el Fortalecimiento del Fondo Empresarial establecida en el artículo 314 de la Ley 1955 de 2019, para la vigencia 2021, fundamentando su decisión en la vigencia de la norma al momento de la causación. Aunque el artículo 314 de la Ley 1955 de 2019 fue declarado inexequible por la Corte Constitucional (Sentencia C-147 de 2021), el alto tribunal precisó que dicho fallo no afectó las situaciones jurídicas consolidadas. Al ser un tributo de período, la obligación para la vigencia 2021 se causó el 1 de enero, momento en el que la ley gozaba de presunción de constitucionalidad. La Sala determinó que la SSPD no excedió sus facultades, pues el acto administrativo se expidió para ejecutar una norma que aún surtía efectos legales respecto al recaudo de ese año, garantizando así la seguridad jurídica y el financiamiento del fondo.

Se levantó la reserva de un concepto de la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado de 2025, en el que se precisó que un proceso de contratación está “en trámite” desde la publicación del acto de apertura del proceso de selección, incluida la publicación del proyecto de pliegos de condiciones, siempre que cuente con todos los requisitos legales y la disponibilidad presupuestal. Además, se señala que, si el perfeccionamiento del contrato se realiza en una vigencia fiscal diferente a la del inicio del proceso, la ejecución debe atenderse con el presupuesto de la vigencia siguiente, previa realización de los ajustes presupuestales correspondientes, como la expedición de un nuevo certificado de disponibilidad presupuestal. Esta interpretación refuerza el principio de anualidad presupuestal establecido en el artículo 8 de la Ley 819 de 2003, asegurando que las apropiaciones se ejecuten dentro de la vigencia fiscal respectiva, salvo excepciones debidamente justificadas.

El Consejo de Estado confirmó que los predios con uso mixto en Bogotá deben aplicar la tarifa industrial del 8.5 por mil, si cuentan con certificación de bajo impacto ambiental. En el fallo a favor de Gaseosas Colombianas S.A.S., la Sala precisó que el reconocimiento en el programa PREAD (nivel Élite) clasifica automáticamente a las empresas como de bajo impacto para efectos tributarios. La providencia aclara que, según el Acuerdo 105 de 2003, cuando coexisten usos comerciales e industriales, prevalece la tarifa industrial. Así, el tribunal desestimó las pretensiones de la Secretaría de Hacienda, señalando que la realidad ambiental y el uso del suelo priman sobre el destino comercial registrado en el sistema catastral.

El proyecto de Decreto establece un marco para las Regiones de Paz, espacios territoriales destinados a la consolidación de la paz total. Dentro de sus disposiciones, se enfatiza el respeto al derecho de consulta previa en territorios étnicos, conforme al Convenio 169 de la OIT. Esta garantía se aplica en la formulación e implementación de proyectos para la transformación territorial, incluyendo zonas de intervención prioritaria. La Consejería Comisionada de Paz coordinará con entidades nacionales para asegurar que las comunidades étnicas sean consultadas y participen activamente en la construcción de paz, respetando sus derechos fundamentales y promoviendo la inclusión cultural y territorial en procesos de diálogo y desarrollo. Así, el decreto fortalece la participación y autonomía de los pueblos étnicos en la política de paz, reconociendo su rol clave en la consolidación del Estado de Derecho y el cierre de brechas históricas en regiones afectadas por el conflicto.

El ministro de Minas y Energía, propuso a la CREG ajustar las condiciones de contratación de la empresa Air-e para salvaguardar el servicio en Atlántico, Magdalena y La Guajira ante la amenaza del fenómeno de El Niño. La iniciativa busca que la compañía fortalezca su suministro para 2027, reduciendo su vulnerabilidad a los altos precios del mercado de bolsa. Palma instó a las generadoras públicas a priorizar el abastecimiento a Air-e, advirtiendo que la crisis energética en el Caribe es un desafío estructural de décadas. El funcionario recordó los fracasos de prestadores previos y subrayó que, aunque se tramitan mecanismos regulatorios, se requiere un esfuerzo conjunto para garantizar la sostenibilidad del servicio.

La Agencia Nacional de Minería lanzará el próximo 19 de mayo una plataforma tecnológica para rastrear el oro en tiempo real, desde su extracción hasta su exportación. La herramienta busca centralizar datos de registros como RUCOM y Génesis para combatir la infiltración de mineral ilegal y cumplir con estándares internacionales de transparencia. El sistema permitirá a los alcaldes supervisar a mineros de subsistencia, vigilando el tope de 420 gramos anuales y previniendo la coacción de grupos ilegales. En un contexto donde las exportaciones de oro crecieron un 140,8% recientemente, el país busca asegurar los 2,15 billones de pesos generados en regalías mediante este modelo que iniciará como piloto voluntario y luego será obligatorio.

En Barranquilla, el ministro de Minas presentó diez medidas que aceleran la transición energética en el país. Estas acciones lograron un aumento del 2000% en la incorporación de energías limpias, superando años de parálisis regulatoria. Sobresalen la “Liberatón” de 6.000 MW, subastas de largo plazo y el fortalecimiento de comunidades energéticas para democratizar el servicio. El plan combina seguridad energética con sostenibilidad mediante la coexistencia de renovables e hidrocarburos y la agilización de licencias ambientales. Con esta hoja de ruta, el Gobierno ratifica su apuesta por una transición justa con justicia social, territorial y mayor atracción de inversiones.