En el presente concepto la SSPD indica que el debido proceso implica la comunicación adecuada al usuario, el respeto a las normativas y procedimientos establecidos, y la justificación de cualquier acción que afecte el servicio. En cuanto a la visita técnica, los prestadores de servicios públicos domiciliarios tienen la facultad de realizar visitas y revisiones a las acometidas y equipos de medida para verificar su estado y funcionamiento. Sin embargo, deben garantizar el debido proceso, lo que implica comunicar al usuario, por escrito, la fecha y hora de la visita.
En el presente concepto la SSPD aborda la regulación y supervisión de los prestadores de servicios públicos domiciliarios en Colombia, indicando que estas empresas deben inscribirse en el Registro Único de Prestadores de Servicios Públicos (RUPS) una vez inicien sus actividades. La inscripción no otorga autorización para operar, sino que es un requisito para que la Superintendencia pueda ejercer su función de control.
El concepto de la SSPD indica que las competencias y funciones de las unidades de servicios públicos domiciliarios en relación con otras entidades públicas incluyen: prestación de servicios, reglamentación y supervisión, coordinación con otras entidades, creación de unidades administrativas, control y fiscalización, atención al usuario junto con la planificación y desarrollo.
El Tribunal de Justicia Andino emitió dos sentencias definitivas que sancionaron a dos grupos empresariales por prácticas anticompetitivas en el mercado de papeles suaves en Ecuador. Estas decisiones confirmaron la competencia de la Secretaría General de la Comunidad Andina para investigar infracciones a la libre competencia, destacando el efecto transfronterizo de las conductas anticompetitivas que se originaron en Colombia. Este proceso representó un hito en la historia de la Comunidad Andina, ya que fortaleció la protección de los derechos de los consumidores en Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú, promoviendo así la defensa de la libre competencia en la región.
Gaceta 5550.pdf (comunidadandina.org) / Gaceta 5549.pdf (comunidadandina.org)
El Consejo Superior de la Judicatura expidió una Circular a través de la cual puso a disposición de la ciudadanía el ABC de la Sentencia T-323 de 2024 de la Corte Constitucional, con la que se establecieron lineamientos, principios y criterios orientadores sobre el uso de las herramientas de inteligencia artificial (IA) generativa en la administración de justicia. La presidenta del Consejo Superior de la Judicatura, Diana Alexandra Remolina Botía, ha destacado el compromiso de la Rama Judicial en promover y divulgar esta sentencia, así como en crear espacios de capacitación sobre el uso de la IA. Se busca una regulación equilibrada que aporte valor a la función judicial y a la labor de los abogados, fomentando así una justicia más eficiente y accesible.
En esta cumbre del Futuro de la ONU en Nueva York, desarrollada el pasado 22 de septiembre, se destacó con la participación del Ministro TIC de Colombia, Mauricio Lizcano, quien enfatizó la importancia de la educación en inteligencia artificial (IA) como un medio para democratizar su uso. Lizcano subrayó que uno de los objetivos de su ministerio es capacitar a la población, especialmente a aquellos con menos recursos, para que comprendan y utilicen la IA en beneficio de la sociedad. Además, se busca transformar a Colombia de ser un simple consumidor de tecnología a convertirse en un productor de la misma, promoviendo así un enfoque inclusivo y sostenible en el desarrollo de la IA.
El 24 de septiembre de 2024, durante la Cumbre del Futuro de la ONU en Nueva York, Colombia y la Cámara de Comercio de Estados Unidos firmaron un Memorando de Entendimiento para fomentar el desarrollo tecnológico en el país. Este acuerdo, suscrito por el ministro TIC, Mauricio Lizcano, y la vicepresidenta Senior de la Cámara, Anne McKinney, busca promover el intercambio de ideas y mejores prácticas en áreas clave como la economía digital, la educación digital, el desarrollo de habilidades, la eliminación de brechas tecnológicas y la regulación de la inteligencia artificial. A través de esta colaboración, se establecerán espacios de diálogo y cooperación entre empresas tecnológicas de ambos países, contribuyendo a la transformación digital de Colombia.
La SIC realizó visitas a tres canales de televisión nacional abierta: Canal 1, Caracol Televisión y Rcn Televisión, el pasado 23 y 24 de septiembre de 2024. Estas inspecciones tuvieron como objetivo recaudar información sobre el mercado de pauta publicitaria y los mecanismos de medición de audiencia, en el contexto de una averiguación preliminar relacionada con la protección de la competencia. Durante las visitas, la Superintendencia se encontraba facultada para solicitar datos y realizar pruebas, garantizando los derechos constitucionales de las empresas involucradas.