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Prensa Jurídica

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De acuerdo con la normatividad aplicable a los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado, por regla general, el servicio de alcantarillado se factura de acuerdo con la demanda del servicio de acueducto; sin embargo, esto no implica que el valor facturado sea el mismo para ambos servicios, toda vez que la estructura de costos para uno y otro son diferentes. Si el usuario considera que el prestador, de manera general, está aplicando erróneamente la metodología tarifaria, puede interponer la respectiva denuncia ante esta Superintendencia para que se adelante la respectiva investigación y se impongan las sanciones pertinentes, en caso de comprobarse dicha conducta, de conformidad con la Ley 142 de 1994”

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A través del concepto 220-070551-2022 la Entidad reiteró que es obligación renovar la matrícula mercantil anualmente dentro de los tres primeros meses de cada año. El inscrito informará a la correspondiente cámara de comercio la pérdida de su calidad de comerciante, lo mismo que cualquier cambio de domicilio y demás mutaciones referentes a su actividad comercial, a fin de que se tome nota de ello en el registro correspondiente.

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“Cuando la entidad territorial haya adelantado un proceso de selección para que un tercero realice la financiación, operación y manteamiento de los servicios públicos domiciliarios, se debe tener en cuenta lo previsto en el parágrafo del artículo 87 de la Ley 142 de 1994. En el evento en que exista un contrato de concesión, la tarifa que se aplica a los usuarios deberá ser aquella que establezca el respectivo contrato, pudiendo ser (regulada, es decir, aquella cal culada de conformidad con las metodologías expedidas por esta Comisión de Regulación o (contractual, es decir, aquella que ha sido establecida con base en las fórmulas y metodologías dispuestas por el contratista, siempre atendiendo en un todo a  los criterios establecidos en los artículos 86, 87, 89 y 90 al 96 de la Ley 142 de 1994”.

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La ANT reiteró que a través de la Resolución 3733- 2018, la Entidad adoptó la “Guía Operativa Para la Implementación de Iniciativas Comunitarias con Enfoque Diferencial Étnico, Asociadas al Componente de Legalización de Tierras”, y delegó en la Dirección de Asuntos Étnicos las actuaciones definidas en dicho instrumento. Para la presente vigencia 2022, la Dirección de Asuntos Étnicos cuenta con un recurso asignado para la cofinanciación de Iniciativas Comunitarias con enfoque diferencial étnico, asociadas al componente de legalización de tierras a nivel nacional.

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