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Prensa Jurídica

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 Fue radicada la ponencia para primer debate al proyecto de ley Estatutaria 200 de 2023 Cámara, por el cual define y regula la inteligencia artificial, se ajusta a estándares de derechos humanos y se establecen límites frente a su desarrollo, uso e implementación. La iniciativa propone establecer, entre otros temas, un sistema que permita que las personas que se han visto perjudicadas por sistemas de inteligencia artificial puedan ejercer su derecho de defensa a fin de garantizarlos. Para los autores del proyecto de ley, los representantes Karyme Cotes y Alirio Uribe, “la regulación de la inteligencia artificial que se planeta está basada en colocar al ser humano en el centro y a los derechos fundamentales como límite material y formal al desarrollo, uso e implementación de estos sistemas, de manera que el desarrollo tecnológico permita a las entidades públicas ser más eficientes y a las privadas más competitivas, en un marco seguro y sujeto a consideraciones éticas y humanas, y sin que represente cargas administrativas innecesarias para las pymes y las empresas emergentes, pues procura la adaptación, aplicación y ejecución de la legislación vigente sobre protección de datos personales”.

El proyecto persigue promover la entrada a ofertas culturales y manifestaciones artísticas de todo tipo, entre estas, las expresiones musicales tradicionales y contemporáneas. A través de esta iniciativa se crea un bono cultural para apoyar actividades culturales, que ofrece subsidios entre un 10% y 100% para que las personas beneficiarias puedan participar en actividades culturales a un costo reducido o incluso de manera gratuita. Estos bonos pueden proporcionar acceso a contenido cultural en línea, como plataformas de música, películas y documentales, el cual se implementará de manera gradual.

La Sala destacó que a través del recurso de anulación no podrán revocarse determinaciones del Tribunal de Arbitramento basadas en razonamientos o conceptos derivados de la aplicación de la ley sustancial, al resolver las pretensiones y excepciones propuestas, así como tampoco por la existencia de errores de hecho o de derecho al valorar las pruebas en el asunto concreto, que voluntariamente se les sometió a su consideración y decisión. La ANI fundó el fallo en conciencia en que la liquidación realizada por el Tribunal, en cuanto a los intereses moratorios, por concepto de rendimientos financieros generados y no pagados, se apartó de la metodología acordada por las partes, que no era otra que, una vez pagado cada hito, en seguida el contratista debía presentar una solicitud de cobro para el pago de los rendimientos.

Así se encuentra consignado en un reciente comunicado de prensa emitido por esta Cartera Ministerial. En la página https://www.minenergia.gov.co/es/comunidades-energeticas/, podrá postularse cualquier organización que tenga la posibilidad de constituirse como comunidad energética. “. Durante un encuentro con la comunidad de Nortechón, en el municipio de Uribia (La Guajira), se presentaron la estrategia de Comunidades Energéticas y el sitio web donde se encuentra alojada toda la información que permitirá a las organizaciones interesadas conocer el alcance y los requisitos para la respectiva postulación”.

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A través de este acto administrativo MinAmbiente adoptó varias decisiones relacionadas a los temas no concertados en el proyecto revisión general del POT entre el municipio de Tunja y Corpoboyacá, referentes a áreas forestales protectoras por pendientes superiores a 45°, así como rondas hídricas y el páramo del altiplano

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Se trata del Fondo para la Vida y la Biodiversidad, un instrumento financiero que permitirá transitar hacia una economía baja en carbono, promover la adaptación al cambio climático, proteger el capital natural y beneficiar a las poblaciones más vulnerables. Este fondo movilizará cerca de cuatro billones de pesos al 2026 y dará continuidad a proyectos y programas que requieren recursos por más de una vigencia.

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 A través de este acto administrativo se asignan los recursos a la secretarías técnicas de la instancia de decisión de los pueblos y comunidades indígenas y la comisión nacional de diálogo del pueblo Rrum o gitano de la apropiación de los recursos de funcionamiento operatividad y administración del sistema de evaluación y monitoreo de licenciamiento ambiental para los proyectos de exploración y explotación del SGR para el bienio 2023-2024, distribuida a las instancias de decisión de los pueblos y comunidades étnicas

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A partir de la fecha, los ministerios, sus entidades adscritas y vinculadas con capacidad jurídica para contratar, deberán ejecutar directamente sus recursos y evitarán acudir a otras entidades para que actúen como intermediarios en la ejecución de sus políticas y recursos públicos. En todo caso, se respetarán los contratos que a la fecha de la presente Directiva se encuentren vigentes.

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