Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme
Prensa Jurídica

Prensa Jurídica

A partir de la expedición del presente Decreto, transformó al FNA Carlos Lleras Restrepo, en una sociedad por acciones del tipo de las anónimas, la cual formará una persona jurídica distinta de sus accionistas, será una sociedad de economía mixta vinculada al Ministerio de Hacienda, organizada como un establecimiento de crédito, con domicilio en la ciudad de Bogotá, D.C., de la Rama Ejecutiva del orden nacional; por su parte, la sociedad Grupo Bicentenario S.AS., a través de su comité asesor, centralizará y liderará la articulación de las iniciativas de política pública relacionadas con productos y servicios de sus entidades subordinadas.

Descargar Documento

Este tiene como objetivo, el fomento de la construcción, mejoramiento y conservación de vías regionales, en el territorio Nacional, en cooperación con los Departamentos, Municipios. o con otras entidades oficiales, semioficiales y privadas. Para tal efecto, el lNVIR ejecutará las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos de la infraestructura de carácter regional, así como la Red Vial Nacional de carreteras terciarias y sus infraestructuras conexas o relacionadas, de acuerdo con los lineamientos establecidos por el Ministerio de Transporte.

Descargar Documento

El proyecto de norma busca determinar para la vigencia 2023, el porcentaje de la tarifa para la liquidación de la contribución especial a favor de la Comisión de Regulación de Energía y Gas – CREG, que deben pagar las empresas y entidades sometidas a su regulación, en el UNO POR CIENTO (1%) sobre el valor de los gastos de funcionamiento,  adicionados en una porción de sus gastos operativos indispensables para cubrir el presupuesto 2023 de la Comisión de Regulación de Energía y Gas – CREG por $37.750.366.055, que será financiado por la contribución especial.

Descargar Documento

La segunda fase es la Audiencia Pública Ambiental que será el domingo tres (3) de diciembre de 2023, a partir de las 08:00 am en el Polideportivo de la Escuela Normal Superior. Para más información sobre el proyecto ingresar al siguiente enlace: evaluación explotación petrolera Castilla y Chichimene, donde se encuentran todos los documentos asociados al trámite.

Descargar Documento

A partir del pasado 18 de noviembre la DIAN informó que se ha reestablecido el servicio digital de importaciones SYGA y se levantó la contingencia. Los usuarios aduaneros podrán realizar sus operaciones y trámites ante la entidad, así mismo, quienes tengan obligaciones aduaneras podrán hacerlo a partir de la fecha.

Descargar Documento

Cuando la ley así lo exija, para que puedan servir de prueba los libros deben haberse registrado previamente a su diligenciamiento, ante la cámara de comercio del lugar de su domicilio principal. Por otra parte, la administración de la sociedad deberá verificar cuando sea pertinente la anulación de folios y proceder de conformidad con lo establecido en las normas legales. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 175 del Decreto 19 de 2012, que modificó el numeral 7° del artículo 28 del Código de Comercio, solo se seguirán registrando en la Cámara de comercio los libros de registro de socios o accionistas, y los de actas de asamblea y juntas de socios. Así, actualmente las cámaras de comercio únicamente procederán a registrar los aludidos libros, sin que esta oficina encuentre inconveniente alguno para que, una vez inscritos los mismos en el Registro Mercantil sea asentada la información correspondiente, así se trate de aquella relativa a fechas anteriores a las de la inscripción de los libros ante la referida autoridad registral.

Descargar Documento

El recaudo del impuesto de alumbrado público lo hará el municipio, distrito o comercializador de energía y podrá realizarse mediante las facturas de servicios públicos domiciliarios. No obstante, el usuario le podrá solicitar al prestador que el cobro del servicio se efectué conforme con las reglas señaladas en el artículo 1 del Decreto 828 de 2007, esto es, a través de documento separado. En cuanto a la inclusión de tributos territoriales en las facturas de servicios públicos domiciliarios, esta Oficina Asesora Jurídica considera que si bien para incluir cobros en la factura por causas distintas del consumo y servicios inherentes se requiere autorización del usuario, esta regla se matiza en el caso de la inclusión en la factura de obligaciones tributarias y fiscales, eventos en los que puede prescindirse de tal autorización previa, por el hecho de que tal inclusión proviene de un mandato legal, es decir que, mientras esté vigente la disposición que lo contiene, es obligante para los particulares. Ello sería una excepción a la premisa a la que se ha hecho referencia, o si se quiere, una nueva regla que aplica de forma excepcional, en aquellos casos en donde lo que se cobra -obligación tributaria- no parte de la decisión de un ciudadano en ejercicio de su autonomía de la voluntad, sino de un mandato legal, que se impone en ejercicio de las competencias tributarias a cargo del Estado, en sus distintos niveles.

Descargar Documento

 La Ley 142 de 1994 permite el cobro de un cargo por aportes de conexión en la tarifa de los servicios públicos domiciliarios. En concordancia con lo anterior, es de indicar que al amparo de lo previsto en el artículo 130 de la Ley 142 de 1994 “Las deudas derivadas de la prestación de los servicios públicos podrán ser cobradas ejecutivamente ante la jurisdicción ordinaria o bien ejerciendo la jurisdicción coactiva por las empresas industriales y comerciales del Estado prestadoras de servicios públicos.” Siendo así, los costos y/o aportes de conexión que se cobren en la factura de servicios públicos domiciliarios podrán ser cobrados ejecutivamente, conforme con lo establecido en el artículo 130 ibídem.