Colombia se prepara para ser anfitrión del Foro de Alto Nivel CELAC-África, que reunirá a jefes de Estado y de Gobierno de América Latina, el Caribe y África en Bogotá del 20 al 21 de marzo de 2026. Con el fin de asegurar una organización exitosa y fortalecer el diálogo birregional y la cooperación Sur-Sur, el presidente Gustavo Petro Urrego emitió la Directiva Presidencial No. 01. Esta establece un sistema de gobernanza interinstitucional, creando un Comité Directivo Nacional, presidido por la Vicepresidenta, encargado de la planeación y toma de decisiones clave. Además, se conformaron Subcomités Temáticos especializados en presupuesto, ambiente, cultura, comercio, movilización social, niñez y logística. La Secretaría Técnica coordinará las acciones y el seguimiento del evento de gran magnitud.
La Directiva Presidencial busca fortalecer las compras públicas de tecnología e innovación, promoviendo su integración en la gestión pública para mejorar los servicios y responder a necesidades sociales. Establece un marco normativo que permite a las entidades adquirir soluciones tecnológicas innovadoras, incluso aquellas que aún no existen en el mercado, mediante procesos especializados y racionalizados.
La Directiva Presidencial No. 05 de 2025 busca fortalecer y transparentar el proceso de conformación de tribunales de arbitraje en los que participan entidades públicas del orden nacional. Sus objetivos incluyen garantizar la participación equitativa de mujeres en las listas de candidatos árbitros, promover la selección de árbitros idóneos con experiencia específica en la materia controvertida, y evitar abusos como monopolios o tráfico de influencias. Además, establece procedimientos claros para la presentación y evaluación de listas de candidatos por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado y la Secretaría Jurídica de la Presidencia, asegurando la adecuada administración de justicia arbitral. La directiva no aplica para arbitrajes internacionales de inversión y deroga la Directiva Presidencial No. 04 de 2018.
La Presidencia de la República emitió una Directiva a través de la cual se establecen directrices para la recopilación de información sobre el almacenamiento de datos por parte de las entidades públicas de la rama ejecutiva. El Ministerio de Ciencia, como organismo rector del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI), tiene la responsabilidad de formular y coordinar políticas que fomenten el desarrollo científico y tecnológico del país. En este contexto, se busca fortalecer la infraestructura científica y tecnológica mediante un proyecto específico que requiere la colaboración de diversas entidades. Las directrices incluyen atender de manera efectiva los requerimientos de información del Ministerio, participar en mesas de trabajo convocadas por este, y asegurar que los organismos del sector administrativo remitan la información necesaria de manera oportuna. El objetivo es consolidar una economía más productiva y competitiva, así como una sociedad más equitativa, anticipándose a los retos tecnológicos futuros.
La Directiva busca promover la participación de pequeños productores agropecuarios y de la Agricultura Campesina, Familiar y Comunitaria (ACFC) en los mercados de compras públicas de alimentos en Colombia. En línea con el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 y la Ley 2046 de 2020, se establece que al menos el 30% del presupuesto de las entidades públicas debe destinarse a la adquisición de alimentos de estos productores locales. La directiva enfatiza la importancia de considerar el enfoque étnico y cultural, garantizando la inclusión de productos locales sin comprometer su calidad. Se instruye a las entidades a coordinar acciones, implementar mecanismos de pago y generar reportes trimestrales sobre la demanda de alimentos. Además, se busca fortalecer la comercialización y el acceso a mercados para los pequeños productores, promoviendo su desarrollo y contribuyendo al abastecimiento alimentario sostenible en el país.
A través de esta Directiva Presidencial, el Gobierno estableció un sistema de gobernanza para la organización de los eventos en los que Colombia será anfitrión, entre el del 21 de octubre al 1 de noviembre de 2024, de la “Decimosexta Reunión de la Conferencia de las Partes (COP16) del Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB), la Undécima Reunión de la Conferencia de las Partes que sirve como reunión de las Partes del Protocolo de Cartagena sobre Bioseguridad (MOP11), y la Quinta Reunión de la Conferencia de las Partes que sirve como reunión de .las Partes al Protocolo de Nagoya sobre el acceso y distribución de beneficios que se deriven de la utilización de recursos genéticos (MOPS)”.
Cada entidad debe establecer metas cuantificables y verificables de ahorro de energía eléctrica yagua, y realizar evaluaciones semanales de cumplimiento a través de los sistemas propios de gestión ambiental; cada entidad debe desarrollar campañas internas de concientización sobre el ahorro del agua y la energía, para lo cual se podrá hacer uso del material y se deben incluir mensajes de ahorro de agua y energía en las comunicaciones que generen las entidades y en los portales web institucionales, entre otras indicadas en el presente Acto.
A través de la presente Directiva Presidencial se dictaron los lineamientos para orientar la cooperación que Colombia recibirá y otorgará durante el cuatrienio hacia los objetivos de política definidos por la Estrategia Nacional de Cooperación Internacional (ENCI) 2023-2026, que tiene por objetivo favorecer la coordinación y la complementariedad estratégica entre los distintos actores dentro del ecosistema de cooperación internacional, para que las acciones respondan de manera efectiva a las prioridades territoriales y sectoriales del cambio, identificadas en el Plan Nacional de Desarrollo 2023-2026.
A partir de la fecha, los ministerios, sus entidades adscritas y vinculadas con capacidad jurídica para contratar, deberán ejecutar directamente sus recursos y evitarán acudir a otras entidades para que actúen como intermediarios en la ejecución de sus políticas y recursos públicos. En todo caso, se respetarán los contratos que a la fecha de la presente Directiva se encuentren vigentes.
Con el propósito de avanzar hacia una vida digna en igualdad de oportunidades, sin exclusiones, ni discriminaciones hacia las personas con discapacidad, los representantes legales de los ministerios, departamentos administrativos y demás entidades descentralizadas de la Rama