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Comunicados

Comunicados (316)

La Corte consideró que no se encontró probado que la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena y la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, al proferir las sentencias del 11 de marzo del 2020 y del 16 de marzo de 2018, respectivamente, hubieren incurrido en defecto fáctico. Las decisiones

La Corte declaró exequible a totalidad de la Ley 2088 de 2021, “Por la cual se regula el trabajo en casa y se dictan otras disposiciones”. Dicha ley regula la habilitación de trabajo en casa como una forma de prestación del servicio en situaciones ocasionales, excepcionales o especiales, que se presenten en el marco de una relación laboral,

“Los accionantes demandaron el artículo 5 (parcial) de la Ley 2058 de 2021, por considerar que existía una omisión legislativa relativa, al no incluir a un representante de las comunidades negras, afrodescendientes, raizales y palenqueras dentro de la comisión preparatoria que coordinará la celebración del Quinto Centenario de Fundación de la ciudad de Santa Marta, Magdalena. Por lo tanto, en su criterio, esta omisión materializaba un desconocimiento de los principios de pluralismo y multiculturalismo, la protección de la diversidad étnica y cultural y los derechos a la participación e igualdad de las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras (NARP) de la región de Santa Marta”.

La Corte declaró la constitucionalidad del Convenio entre Colombia y Japón, para la eliminación de la doble tributación con respecto a los impuestos sobre la renta y la prevención de la evasión y elusión tributarias”, y de su protocolo, suscritos en Tokio, el 19 de diciembre de 2018, así como la exequibilidad de la ley 2095-2021, por medio de la cual fueron aprobados dichos instrumentos internacionales.

Prensa Jurídica publica también el concepto de la Procuraduría General de la Nación en desarrollo de esta demanda; en éste el ministerio Público, solicita a la Corte declararlo exequible. A través de comunicado de prensa que sustenta la decisión, la Corte decidió declarar inexequible la expresión “Para estos efectos, reglamentará las condiciones técnicas que definen la franquicia, las obligaciones y el régimen de responsabilidad del franquiciante y el franquiciado, a que haya lugar” del primer inciso y la expresión “condiciones técnicas y” del segundo inciso del artículo 11 de la ley 2069 de 2020 (Ley de emprendimiento).

La Corte se declaró “inhibida de emitir un pronunciamiento de fondo, por ineptitud sustantiva de la demanda, respecto de los cargos formulados contra el artículo 19 (parcial) y el numeral 2° del artículo 359 del Estatuto Tributario, correspondientes a los contenidos modificados por el artículo 140 (parcial) y el numeral 2° del artículo

La Sala observó que “el texto legal demandado fue subrogado por el artículo 8º de la ley 2098 de 2021; y que, ante la similitud de sus contenidos, la decisión que se profiera en la providencia debe referirse al texto subrogatorio. Luego verificó que, mediante Sentencia C-422 de 2021, la Corte resolvió declarar la exequibilidad de las

“La Corte Constitucional reafirmó que, para efectos de adquirir la pensión de sobrevivientes o la sustitución pensional, la dependencia económica no solo se presenta cuando una persona demuestra haber dependido cabal y completamente del causante, también la puede acreditar quien demuestre que, a falta de la ayuda financiera del

La Corte declaró exequible la Ley 2107 de 2021, “por medio de la cual se  aprueba el ‘Tratado sobres los principios que deben regir las actividades de los estados en la exploración y utilización del espacio ultraterrestre, incluso la luna y otros cuerpos celestes”, suscrito el 27 de enero de 1967 en  Washington, Londres y Moscú.”

“La Corte Constitucional le ordenó a la directora del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) que realice un acto simbólico de reconocimiento de la comunidad Wayuu como sujeto de derechos en el departamento de La Guajira. La decisión fue adoptada en un Auto de seguimiento al cumplimiento de la sentencia T-302 de 2017, que declaró el Estado de Cosas