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Seccion1

El Despacho advierte que no se evidencia por parte del solicitante que uno o varios de los contenidos del acto acusado son contrarios al artículo 11 constitucional y a los tratados internacionales de derechos humanos citados por él, que regulan el derecho a la vida. El consejo de Estado el Despacho negará la solicitud de suspensión

La Sala considera que los productos que la parte demandante manifestó haber comercializado en el mercado bajo la marca nominativa BIOGEN no corresponden a los comprendidos en la Clase 29 de la Clasificación Internacional de Niza, sino a las clases 1 y 5 de dicha clasificación, en la medida que se trata de excipientes utilizados para fines farmacéuticos,

En una reciente providencia, el Consejo de Estado señala que una de las excepciones a la aplicación del derecho privado, en cuanto a los actos y contratos que celebren las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios, se relaciona, con la inclusión de prerrogativas públicas conferidas por el legislador a las empresas prestadoras

El dictamen pericial no demostró que el precio indemnizatorio fuera inferior al valor comercial del inmueble expropiado. En cuanto al el dictamen inicial y su aclaración, la Sala advierte “que no contiene los elementos fundamentales del método comparativo o de mercado, definido como la “técnica valuatoria que busca establecer el

El Sindicato de Trabajadores de la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia – SINTRAFEC solicitó al Ministerio de la Protección Social la inscripción de la Junta Directiva de la Subdirección Seccional de Buga, por su parte, el Representante Legal de los Almacenes Generales de Depósito de Café S.A., actuando, además, como mandatario especial

El riesgo de confusión entre los consumidores puede conducir a la cancelación del registro que se les concede a las marcas de los diferentes productos del mercado. Por esta razón, el Consejo de Estado declaró la nulidad del registro que la Superintendencia de Industria y Comercio le otorgó a la marca Bastión, que identifica un tipo de “productos para la destrucción de animales dañinos; fungicidas, herbicidas, pesticidas”.

El Consejo de Estado concluye que no quedó demostrado que el Concejo Municipal de Tocancipá haya garantizado la intervención de los propietarios de los predios beneficiados en la formación del presupuesto de la obra y en la distribución del impuesto, como tampoco quedó acreditada la participación de la ciudadanía en general en la discusión

El Consejo de Estado condicionó la reglamentación a la prohibición de poseer, tener, entregar, distribuir o comercializar drogas o sustancias prohibidas contenida en el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, al evento en que el acto de consumo afecte el orden público por tratarse de conductas ligadas a la comercialización o distribución de tales sustancias,

La Sala resolvió el recurso de ordinario de súplica interpuesto contra el auto que declaró probada de oficio la excepción previa de caducidad de la demanda interpuesta contra la Resolución 2652 de 2015 “por la cual se establecen las medidas para el control y seguimiento de las pieles y partes o fracciones de pieles de la especie Caimán crocodilus que son objeto de exportación”, expedida por MinAmbiente

El Consejo de Estado negó las pretensiones de la demanda por 600 millones de pesos que la empresa Preservación Ambiental Ltda., encargada del manejo de desechos hospitalarios, farmacéuticos e industriales, interpuso contra el Distrito Capital.