La Ministra de Transporte formuló una consulta a la SCSC del Consejo de Estado sobre algunos interrogantes respecto del registro contable de los hechos económicos relacionados con los acuerdos de concesión de infraestructura aeroportuaria. En el concepto, la Sala considera que “de conformidad con las resoluciones 582 y 602 de 2018, expedidas por la Contaduría General de la Nación,
lo determinante para ser consideradas como entidades concedentes y estar por contera obligadas a registrar e informar los hechos económicos a la Contaduría, es el cumplimiento de los requisitos, claramente establecidos en la norma y evaluados en cuanto a la relación entre Aerocivil y la ANI”, analizados en este concepto.
Descargar documento