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CE admitió tutela en demanda contra el municipio de Tunja y VEOLIA S.A. a través de la cual se busca, como medida provisional, que se les ordene abstenerse de seguir cambiando medidores de agua, hasta que se profiera fallo de segunda instancia

Escrito por  Nov 24, 2022

Para la Sala, de la lectura de los hechos expuestos por la actora, “no resulta palmaria la vulneración alegada ni se puede colegir la posible ocurrencia de un perjuicio, ni menos aún que éste pueda calificarse como irremediable. Ello por cuanto, no se evidencia la necesidad de

evitar una amenaza, ni se constata la ocurrencia de una violación de derechos fundamentales cuya agravación se deba precaver, puesto que de lo que se da cuenta es del trámite en segunda instancia de un proceso de controversias contractuales que se encuentra pendiente de decisión al interior del Consejo de Estado, lo que por sí solo no genera vulneración ni amenaza de los derechos fundamentales invocados.

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