La CRA reiteró lo dispuesto en el artículo 5.3.2.1.4. de la Resolución CRA 943 de 2021, en el sentido que, el cálculo de los promedios mensuales del semestre se realizará: “i) Para los períodos de facturación entre enero y junio, con base en el promedio mensual de: kilómetros, residuos, caudal de lixiviados y número de suscriptores, de julio a diciembre del año inmediatamente anterior y ii) Para los períodos de facturación de julio a diciembre con base en el promedio mensual de: kilómetros, residuos, caudal de lixiviados y número de suscriptores, de enero a junio del año en cuestión, en toneladas/mes, m3/mes y suscriptores/mes, respectivamente”.