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Sábado, 23 Mayo 2026

Edición 1646 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

El Ministerio de Ambiente explicó el plazo de los permisos de ocupación de cauce y la determinación de la capacidad socioeconómica de infractores personas naturales.

La CRA aclaró que no existe un porcentaje único ni previamente autorizado para aumentar las tarifas de servicios públicos como acueducto y aseo en 2026. La CRA regula los marcos tarifarios generales y establece metodologías que las empresas deben aplicar, pero las tarifas concretas son definidas por las entidades tarifarias locales dentro de esos límites. Los incrementos pueden deberse a actualizaciones por índices de precios, ajustes o variaciones en subsidios, sin que siempre sea necesaria la elaboración de un nuevo estudio tarifario. La verificación del cumplimiento normativo y la vigilancia tarifaria corresponden a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. Usuarios afectados pueden presentar peticiones y recursos ante las empresas o la Superintendencia para proteger sus derechos.

La SSPD explicó aspectos sobre la fusión de empresas de servicios públicos domiciliarios, señalando que, aunque la fusión implica la absorción o creación de sociedades nuevas con la transferencia de derechos y obligaciones, estas deben cumplir con permisos, concesiones y licencias para operar, tal como lo establece la Ley 142 de 1994. La inscripción en el Registro Único de Prestadores de Servicios Públicos (RUPS) es obligatoria para informar el inicio o modificación de actividades, pero no constituye permiso para operar. Asimismo, se debe actualizar la información en el Sistema Único de Información (SUI) y cancelar el registro en el caso de sociedades absorbidas. La SSPD enfatiza que esta orientación tiene carácter general y no es vinculante, brindando claridad sobre el manejo administrativo y jurídico tras la fusión en el sector.

El Consejo de Estado, en apelación del fallo del Tribunal de San Andrés, analizó la persistente problemática de vertimientos de aguas residuales y deficiente saneamiento básico en el sector North End de la isla. Detectó que la autorización de nuevas construcciones urbanísticas se daba sin requerir certificado de capacidad del sistema de alcantarillado, contribuyendo a su colapso.

A través de este proyecto se fijan las condiciones y requisitos para otorgar el subsidio comunitario en el servicio de acueducto. El beneficio se dirige a los Gestores Comunitarios del Agua que atienden a usuarios de estratos 1 y 2, siempre que no reciban otros subsidios de municipios o distritos. Para acceder, los gestores deben acreditar existencia legal, llevar al menos 12 meses prestando el servicio, contar con el Registro Único de Prestadores de Servicios Públicos (RUPS) aprobado y actualizado. La solicitud debe incluir el listado de suscriptores de bajos ingresos, certificación bancaria, y evidencia de tarifas. El subsidio se aplicará sobre el cargo fijo y el consumo, con topes del 80% para estrato 1 y 50% para estrato 2, y el MVCT verificará la información para asegurar la correcta aplicación.