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Lunes, 06 Mayo 2024

Edición 1160 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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El acto administrativo establece que el desembolso de los recursos se transferirá a la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia.

En la revisión de constitucionalidad del Decreto 803 del 4 de junio de 2020 “Por medio del cual se crea el Programa de Apoyo para el Pago de la Prima de Servicios - PAP para el Sector Agropecuario, es exequible la norma, excepto el numeral 1º del parágrafo 5° del artículo 3° que se declara inexequible.

Para la Sala, al estar claro que la solicitud no señaló específicamente las disposiciones del Decreto Ley 902 de 2017, por el cual se adoptaron medidas para facilitar la implementación de la reforma rural integral contemplada en el acuerdo final para la paz en materia de tierras, específicamente el procedimiento para el acceso, formalización y el fondo de tierras

Para la Sala, en relación con el alcance de la exclusión del IVA en venta e importación de maíz para el consumo humano, prevista en el artículo 424 del ET, modificado por el artículo 38 de la Ley 1607 de 2012 y reglamentado por el artículo 1 del Decreto 1794 de 2013, les opera la exclusión a aquellos «que no han sido sujetos a transformaciones y preparaciones».

Para la Sala, en el asunto bajo análisis, la Resolución No. 066700 de 2020 prorrogó por el término de treinta (30) días calendario contados a partir del 4 de mayo de 2020, el plazo señalado en el artículo 40 transitorio de la Resolución No. 061252 de 2020, con el fin de que las personas naturales o jurídicas que cuenten con registro de empresas de alimentos para animales y/o registro