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Martes, 14 Julio 2026

Edición 1678 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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Se encuentra disponible el texto de la sentencia C-277-2021   de la Corte, cuya decisión fue adoptada el pasado 19 de agosto, a través de la cual declaró exequible el artículo 193 de la Ley 1955 de 2019 PND 2018-2022, en el entendido de que la expresión “deberán” no impide que las vinculaciones laborales con salarios inferiores al mínimo legal vigente, puedan afiliarse al régimen contributivo.

A través del Decreto 1650-2021, el ministerio de Trabajo “adopta y reglamentar el Subsistema de Formación para el Trabajo -SFT y su Aseguramiento de Calidad -ACFT en Colombia; para implementar con oportunidad, calidad y pertinencia, sus programas de formación para el trabajo”.

Para la Sala, “el término de los treinta (30) días hábiles, el cual tiene alcance únicamente para efectos de la prescripción de derechos laborales, salariales y prestacionales, sin perjuicio de reiterar que dicho término «no debe entenderse como “una camisa de fuerza” que impida tener en cuenta un mayor período de interrupción, sino como un marco de referencia para la

El ministerio de Trabajo informa a través de la presente circular, a todas las empresas públicas y privadas, aspectos relacionados con las autoevaluaciones y los planes de mejoramiento de las empresas que se registran en la aplicación habilitada en la página web del Fondo de Riesgos Laborales hasta el 31 de cada año, conforme a las indicaciones establecidas en la presente circular.

Para el Gobierno, “se hace necesario expedir un decreto reglamentario en el cual se consagre: (I) norma que garantice la continuidad de los derechos individuales o colectivos adquiridos en Acto Administrativo o Acuerdo Colectivo de conformidad con la Constitución y la Ley; (II) reglamente el principio de progresividad y no regresividad en materia laboral, en armonía con lo