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Lunes, 06 Mayo 2024

Edición 1160 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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La CREG aprobó el cargo de comercialización y el cargo máximo base de comercialización de Gas Natural Comprimido (GNC) por redes de tubería para el Mercado Relevante conformado por los centros poblados Santafé, Bombonal, La Primavera, El Carmen, Charguayaco, Paraíso de Charguayaco, Laureles, Honda Porvenir, Barranquilla, Tigre, Raicita, Puerto Lleras, en el municipio Pitalito; Florida, Rancherías, Marmato, Sartenejal y Guamal en el municipio Guadalupe; Santa Barbara Alta y Santa Barbara Baja en el municipio Timaná, y la Florida y Timanco en el municipio San Agustín, según solicitud tarifaria presentada por la empresa SURCOLOMBIANA DE GAS S.A. E.S.P

A través del acto administrativo se aprobaron los cargos de comercialización y distribución por uso del sistema de distribución de gas licuado de petróleo por redes de tubería para el mercado relevante de distribución conformado por los municipios de Balboa, Bolívar y Suárez, departamento de Cauca, según solicitud tarifaria presentada por la empresa INGENIERÍA Y SERVICIOS S.A. E.S.P.

La CREG aprobó el cargo de comercialización y distribución por uso del sistema de distribución de Gas Natural por redes de tubería para el mercado relevante especial conformado por los centros poblados de Paturia, Campo Alegre, Chingale, Bocas del Rosario, Sitio Nuevo, Vijagual, Guayabo, Badillo y Carpintero en el municipio de Puerto Wilches, departamento de Santander, según solicitud tarifaria presentada por la empresa HEGA S.A. E.S.P.

A través de un comunicado de prensa, la ANLA hizo precisiones en cuanto a que será únicamente la UPME la entidad encargada de evaluar y certificar aquellas solicitudes conforme a la normativa que desde esa entidad se expida para regular la materia, a partir del 1 de enero de 2021.

CNOGas remitió una comunicación a la CREG a través del cual le hace un relato cronológico a esta Entidad de dos temas que, aunque se analizaron en su momento, propone culminar estos procesos con los siguientes temas: el protocolo relativo la medición modificación parcial del RUT y los costos de unidades constructivas, conexiones a SNT’s.