La CREG corrigió un error en la Resolución 502 118H de 2024, relacionada con un conflicto sobre la tasa de descuento en el transporte de gas entre Vanti S.A. E.S.P. y otras compañías. La omisión consistía en no incluir el rechazo de pruebas testimoniales solicitadas por Transoccidente S.A. E.S.P.. Mediante una nueva decisión, adicionó el artículo 7.7 para formalizar dicha negativa, con fundamento en el artículo 168 del Código General del Proceso. La entidad aclaró que la corrección no modifica el sentido del acto original. La resolución será notificada y publicada, y contra ella procede recurso de reposición dentro de los cinco días hábiles siguientes.
La empresa Transportadora de Gas Internacional (TGI) interpuso recurso de reposición contra una resolución de la CREG, cuestionando la aplicación de la tasa de descuento y la metodología tarifaria. Solicitó fijar la tasa en 11,88% y alegó irregularidades procesales, como la negativa de pruebas. La Comisión defendió su actuación, reiteró la tasa del 10,94% conforme a la regulación vigente y afirmó que no hubo cambios en la aplicación de cargos con normas posteriores. También sostuvo que los conceptos emitidos no son actos administrativos vinculantes. En consecuencia, desestimó los argumentos de TGI y mantuvo la validez de su decisión.
La CREG desestimó el recurso de reposición interpuesto por Transmetano E.S.P. S.A. contra la Resolución CREG 502 118 E de 2024. La Entidad aclaró que la aplicación mensual de cargos calculados no implica una redefinición mensual, sino su aplicación en meses completos. Se descarta la interpretación de Transmetano sobre la repetición mensual del cálculo con actualización de variables, incluyendo la tasa de descuento, argumentando que carece de fundamento técnico y jurídico. Se enfatiza que las funciones de resolución de conflictos son administrativas y no jurisdiccionales, y que la solicitud de nulidad interpuesta por Transmetano fue negada. La CREG reitera que la metodología tarifaria se aplica durante la vigencia del período tarifario, con ajustes si la tasa de descuento cambia.
El Ministerio de Minas busca modificar normativas vigentes sobre fugas, quema y venteo de gas natural en exploración y explotación. La medida otorga doce meses adicionales para que las empresas cumplan con informes de eficiencia y adecuaciones técnicas, reconociendo la limitada disponibilidad actual de organismos de inspección acreditados. Esta prórroga busca evitar incumplimientos masivos y facilitar la consolidación del mercado de servicios, al tiempo que se mantiene el enfoque en la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y la protección ambiental. La regulación no altera la libre competencia ni constituye un reglamento técnico de producto.
La UPME modificó la conformación del Consejo Nacional de Operación de Gas Natural al designar un nuevo representante de los productores para el periodo vigente. La decisión se da tras el retiro de un agente previamente designado y la posterior no aceptación del cargo por parte de otro candidato en la lista de elegibles. En respuesta, la entidad aplicó el orden de elegibilidad establecido en la normativa para nombrar a un nuevo integrante, con el fin de garantizar la continuidad y adecuada representación dentro de este órgano asesor clave para la operación del sistema de transporte de gas natural en el país.