El Instituto de Planificación y Promoción de Soluciones Energéticas para las Zonas No Interconectadas (IPSE) ha revelado su informe mensual de telemetría de enero de 2026, abarcando del 1 al 31 de dicho mes. El boletín detalla la operación y monitoreo de 107 localidades con telemetría en diversas regiones de Colombia. Durante este periodo, se registró una generación acumulada de energía activa de 37.24 GWh en estas zonas.
El Gobierno nacional expidió un Decreto que excluye del Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (FEPC) a los combustibles líquidos derivados del petróleo utilizados como insumo para producir otros energéticos, incluidos los destinados a quemadores industriales. La medida busca garantizar que los subsidios del fondo se dirijan exclusivamente a los consumidores finales y no a procesos productivos intermedios. Según el Ejecutivo, el uso de diésel en actividades industriales creció de forma significativa, pasando de 806.000 galones mensuales en 2023 a más de 8,2 millones en 2024, lo que incrementó la presión fiscal sobre el FEPC y motivó el ajuste regulatorio. Descargar texto/comunicado de prensa
La Corte Constitucional declaró inexequibles las normas del Plan Nacional de Desarrollo que permitían a ISA participar en actividades de generación, comercialización y distribución de energía, al establecer que su aprobación desconoció principios clave del trámite legislativo. La Corte concluyó que las derogatorias no fueron debatidas adecuadamente en el Congreso, vulnerando los principios de consecutividad e identidad flexible, y que además carecían de unidad de materia, pues no guardaban relación directa ni instrumental con los objetivos del plan. También advirtió que estas medidas implicaban un cambio estructural en el mercado eléctrico sin suficiente justificación ni eficacia, por lo que ordenó restablecer la prohibición original.
La DIAN clarificó la aplicación del beneficio tributario por la compra de vehículos eléctricos con certificado UPME. La entidad ha reiterado su posición, establecida previamente en el Concepto No. 021030 de 2025, indicando que la deducción especial por inversiones en proyectos de generación de energía con fuentes no convencionales y gestión eficiente de la energía está destinada únicamente a personas naturales o jurídicas contribuyentes del impuesto de renta del régimen ordinario. Esta interpretación restrictiva de la Ley 1715 de 2014 excluye explícitamente a los contribuyentes acogidos al Régimen Simple de Tributación de acceder a dicho incentivo fiscal.
La CREG respondió a la solicitud de modificar la Circular 063 de 2023 -que establece requisitos técnicos como la entrega del modelo de red para proyectos de generación eléctrica conectados al Sistema de Distribución Local- señalando que los ajustes requeridos implican un cambio regulatorio de fondo. La entidad indicó que esta situación ya fue incorporada en un proyecto de resolución en trámite, el cual evalúa permitir que la falta de entrega oportuna del modelo de red no impida la entrada en operación de las plantas. Asimismo, precisó que analiza los comentarios recibidos y prevé expedir una regulación definitiva en el primer trimestre de 2026.