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Viernes, 17 Mayo 2024

Edición 1164 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

Para la Sala, no están cumplidos los requisitos para decretar de la suspensión provisional solicitada, toda vez no surge la infracción manifiesta que predica ASOCARS (demandante). El aparte demandado fue el artículo 2 del Decreto 644 de 2021, se estableció la fórmula para la distribución de los porcentajes de las transferencias del sector eléctrico

La CREG indicó que los usuarios de un comercializador que, presentando saldos de opción tarifaria, no se acoja a lo dispuesto en la Resolución 101 028 de 2023, no están sujetos al COT de mercado sino a la aplicación de lo establecido en la Resolución CREG 012 de 2020, modificada por la Resolución CREG 101-029 de 2023. Los usuarios exentos de la aplicación del COT se encuentran definidos en el artículo 2 de la Resolución CREG 101 028 de 2023.

La Entidad explicó que los generadores tienen la posibilidad de tener acceso a conexiones temporales en los siguientes casos: proyectos de generación con capacidad de transporte asignada, que no pueden entrar a operar continuamente con toda la capacidad asignada en el punto de conexión aprobado, por atrasos en las obras de transporte requeridas. Cuando en un punto de conexión al SIN existe capacidad disponible, mientras se conecta un generador que tiene previamente asignada capacidad de transporte en el mismo punto de conexión, y haya proyectos de generación existentes que estén interesados en usar esa capacidad temporalmente.

Para ver el informe completo de telemetría del mes de noviembre 2023 entre al siguiente enlace: Conócelo aquí. Para ver el informe completo de telemetría del mes de diciembre 2023 entre al siguiente enlace: Conócelo aquí. Para ver el informe completo sin telemetría del mes de noviembre 2023 entre al siguiente enlace:
Conócelo aquí.Para ver el informe completo sin telemetría del mes de diciembre 2023 entre al siguiente enlace: Conócelo aquí

El proceso de conexión de un usuario AGPE se realiza ante el operador de red (OR) en su página web. El proceso de conexión a aplicar está contenido en la Resolución CREG 174 de 2021 y en su Anexo 5. La documentación a presentar está discretizada en función de si se van a entregar excedentes a la red o no y por su capacidad instalada. La misma se puede encontrar en el artículo 14 de la Resolución CREG 174 de 2021.