La entidad precisó que superar el 50 % de la capacidad del transformador no constituye, por sí solo, una causal automática de rechazo. En estos casos, los proyectos deben someterse a un estudio de conexión simplificado, conforme al Anexo 5 de la Resolución CREG 174 de 2021, para evaluar posibles impactos en la red. Si el estudio es aprobado y no se evidencian riesgos técnicos, la conexión debe ser autorizada, incluso si se exceden los límites iniciales. Asimismo, la CREG reiteró que no tiene competencia para evaluar casos particulares, función que corresponde a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.
El Gobierno adicionó los lineamientos de política pública para la integración de los Sistemas de Almacenamiento de Energía (SAE) en el Sistema Interconectado Nacional (SIN) y en las Zonas No Interconectadas (ZNI).
El Ministerio de Minas y Energía aclaró que el eventual reintegro de subsidios de energía otorgados indebidamente no puede definirse de manera automática ni general. En un concepto jurídico, la entidad señaló que cualquier cobro de capital, rendimientos o intereses debe surgir de procesos administrativos o de control fiscal, y no de una decisión directa del Ministerio. Además, indicó que antes de iniciar acciones de devolución, el caso debe ser puesto en conocimiento de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, encargada de investigar y determinar responsabilidades. Solo a partir de estas actuaciones se definirían las obligaciones económicas correspondientes. Así, el Ministerio subraya que la recuperación de recursos del Fondo de Solidaridad depende de procedimientos formales y del análisis de cada caso.
La iniciativa publicada por el ministerio de Trabajo exigirá que todas las inversiones y programas ejecutados en el territorio, tanto del sector público como privado, contraten como mínimo el 50% de mano de obra local. El objetivo es fomentar la economía territorial, garantizar el derecho al trabajo y promover la participación activa de las comunidades en sus proyectos. Se establecería un proceso de priorización, comenzando por los residentes del área de influencia del proyecto, luego municipios colindantes, el departamento y, si es necesario, el resto del territorio nacional. Se priorizará a personas con barreras para la inserción laboral y se consideran reglas específicas para situaciones de emergencia, reforestación o forestación. Las empresas deberán registrar sus vacantes y reportar semestralmente el cumplimiento de esta obligación, garantizando que la mano de obra calificada y no calificada provenga de la región donde se ejecute la inversión o programa.
La CREG presentó un proyecto de resolución para establecer un nuevo régimen aplicable a las convocatorias públicas de compra y venta de energía eléctrica, mediante la evolución del Sistema Centralizado de Información de Convocatorias Públicas (SICEP) hacia una modalidad transaccional. La iniciativa busca corregir fallas persistentes del mercado y fortalecer la transparencia, permitiendo que comercializadores y generadores realicen procesos de negociación anónimos y estandarizados. El sistema garantizará trazabilidad, competencia y neutralidad, manteniendo el anonimato hasta la fase de adjudicación. Con ello, se pretende reducir la exposición a la volatilidad del mercado y contribuir a la estabilidad tarifaria.