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Sábado, 03 Octubre 2026

Edición 1735 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

La CREG activó el mecanismo de sostenimiento de la confiabilidad previsto en la Resolución CREG 101 127 de 2026, norma que establece medidas para preservar el abastecimiento de energía y atender la demanda durante condiciones de riesgo asociadas al fenómeno de El Niño. La entidad explicó que, ante los bajos aportes hídricos, la reducción del nivel de los embalses y el aumento de la demanda, entran en aplicación disposiciones sobre la operación del Sistema y del Mercado de Energía Mayorista. Entre ellas se encuentra la programación de un nivel mínimo de generación térmica según las condiciones de los embalses, reglas para las ofertas de precio de las plantas y el seguimiento diario de los indicadores del sistema por parte del Centro Nacional de Despacho. Asimismo, la generación solar y eólica será despachada en la base de la operación cuando las condiciones lo permitan.

La CREG despejó las frecuentes inquietudes sobre la aplicación del Programa Transitorio de Incentivos al Uso Eficiente de Energía Eléctrica. Ante el panorama de riesgo energético y baja hidrología, esta iniciativa busca moderar la demanda sin afectar el consumo esencial de los hogares. Se aclara que la meta de consumo es individual, calculada sobre el historial de cada usuario para garantizar equidad, descartando límites uniformes. Además, se subraya que el programa no modifica tarifas ni genera ganancias para los comercializadores; los recursos de cobros adicionales por exceso se redistribuyen íntegramente entre quienes logran reducir su consumo, protegiendo a los usuarios vulnerables con diversas salvaguardas y dejando fuera a zonas afectadas por eventos extraordinarios.

La CREG precisó sus competencias en la ejecución de obras para la transmisión eléctrica, tras una consulta elevada por la Superintendencia de Industria y Comercio. El organismo regulador aclaró que su normativa se enfoca en estimular y garantizar la libre competencia y concurrencia entre los agentes del mercado para estos proyectos. Si bien reconoce la existencia de mecanismos para ampliaciones específicas o proyectos urgentes que, por sus características o el tiempo disponible, podrían ejecutarse de forma directa para asegurar la eficiencia, la CREG subraya que sus reglamentos no contienen causales que limiten o impidan la participación competitiva.

La CREG respondió cuatro interrogantes sobre el cobro de energía eléctrica y la autogeneración solar en parques logísticos. Precisó que los propietarios o administradores no pueden facturar directamente a sus arrendatarios por el consumo de energía mediante submedición o bajo la figura de “reembolso”, pues la facturación y comercialización están reservadas a prestadores legalmente autorizados. Frente a las fronteras embebidas, señaló que cada usuario debe contar con una frontera comercial y ser representado individualmente por un comercializador. En caso de autogeneración solar en la frontera principal, los excedentes y créditos se liquidan exclusivamente al titular de esta y no pueden trasladarse regulatoriamente a usuarios internos. Finalmente, indicó que la SSPD es competente para vigilar el cumplimiento de estas reglas, mientras la SIC interviene en asuntos de competencia.

Ante la grave calamidad pública que impactó varias regiones del país, el gobierno implementó acciones temporales para asegurar la continuidad del servicio público domiciliario de energía eléctrica. La medida permite destinar recursos no reembolsables del Fondo Nacional para el Desarrollo de la Infraestructura a las empresas afectadas, con el fin de cubrir las necesidades extraordinarias de capital de trabajo, financiar la compra y suministro de energía, así como la reparación y rehabilitación de la infraestructura dañada. Esta intervención busca mitigar los efectos del desastre en millones de usuarios, quienes enfrentan interrupciones y la vulnerabilidad económica, impidiendo así que la falta de energía agrave la crisis y afecte servicios esenciales como hospitales y sistemas de acueducto en los departamentos declarados en emergencia.