Ante la inminente amenaza del Fenómeno de El Niño y otros riesgos operativos que comprometen el suministro eléctrico nacional, el Ministerio de Minas y Energía impulsa una reforma. La propuesta busca que las plantas térmicas, esenciales para la energía del país, puedan adquirir combustibles líquidos de múltiples distribuidores mayoristas. Esta flexibilización, que requiere verificación y autorización vía el Sistema de Información de Combustibles (SICOM), garantiza la continuidad de la generación eléctrica y la estabilidad del sistema, evitando desabastecimientos en momentos críticos y salvaguardando la confiabilidad energética de Colombia
La CREG activó el mecanismo de sostenimiento de la confiabilidad previsto en la Resolución CREG 101 127 de 2026, norma que establece medidas para preservar el abastecimiento de energía y atender la demanda durante condiciones de riesgo asociadas al fenómeno de El Niño. La entidad explicó que, ante los bajos aportes hídricos, la reducción del nivel de los embalses y el aumento de la demanda, entran en aplicación disposiciones sobre la operación del Sistema y del Mercado de Energía Mayorista. Entre ellas se encuentra la programación de un nivel mínimo de generación térmica según las condiciones de los embalses, reglas para las ofertas de precio de las plantas y el seguimiento diario de los indicadores del sistema por parte del Centro Nacional de Despacho. Asimismo, la generación solar y eólica será despachada en la base de la operación cuando las condiciones lo permitan.
La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) ha elogiado el trabajo de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) en la formulación de sus nuevos marcos tarifarios para los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo en Colombia. Este reconocimiento subraya la alineación de las metodologías colombianas con principios internacionales de buena regulación. La OCDE destacó la calidad regulatoria de la CRA, valorando la toma de decisiones basada en evidencia, la activa participación ciudadana y de actores del sector, así como la segmentación de prestadores que permite una regulación proporcional a las diversas realidades del país. Este enfoque busca asegurar la coherencia y equidad en la prestación de servicios esenciales.
El Ministerio de Agricultura busca derogar una resolución que estableció Áreas de Protección para la Producción de Alimentos (APPA) en 17 municipios de Córdoba. Esta iniciativa responde a la necesidad de garantizar que los instrumentos de protección alimentaria sean técnicamente sólidos, proporcionales y realmente efectivos. Se identificaron limitaciones en la declaratoria previa, como la falta de claridad en los usos del suelo, información técnica inconsistente y la omisión de factores críticos como la contaminación, que impedían una adecuada garantía de la inocuidad y la autonomía territorial. La decisión busca sentar las bases para una futura delimitación más precisa, coordinada con autoridades locales y basada en datos actualizados, reafirmando el compromiso con el derecho a la alimentación.
La CREG despejó las frecuentes inquietudes sobre la aplicación del Programa Transitorio de Incentivos al Uso Eficiente de Energía Eléctrica. Ante el panorama de riesgo energético y baja hidrología, esta iniciativa busca moderar la demanda sin afectar el consumo esencial de los hogares. Se aclara que la meta de consumo es individual, calculada sobre el historial de cada usuario para garantizar equidad, descartando límites uniformes. Además, se subraya que el programa no modifica tarifas ni genera ganancias para los comercializadores; los recursos de cobros adicionales por exceso se redistribuyen íntegramente entre quienes logran reducir su consumo, protegiendo a los usuarios vulnerables con diversas salvaguardas y dejando fuera a zonas afectadas por eventos extraordinarios.
La Superintendencia de Sociedades precisó el alcance de la obligación de contratar aprendices para las empresas que se encuentran en procesos de reorganización empresarial. De acuerdo con la nueva reglamentación, estas compañías están exentas de vincular nuevos aprendices mientras permanezcan en dicha situación. No obstante, los contratos de aprendizaje que se encontraban vigentes antes del inicio del proceso de insolvencia deben continuar cumpliéndose. En consecuencia, durante la reorganización no resulta exigible la obligación de contratar nuevos aprendices ni su monetización. Este criterio busca armonizar las disposiciones laborales con el régimen de insolvencia y brindar mayor seguridad jurídica a las empresas sometidas a procesos de recuperación.
Ante la inquietud sobre el régimen contractual aplicable a asociaciones de municipios y empresas de economía mixta designadas para ejecutar proyectos del Sistema General de Regalías, el DNP precisó que, si bien estas entidades pueden ser ejecutoras, deben adherirse estrictamente al régimen presupuestal del SGR, la contratación pública y demás leyes vigentes. Actualmente, el DNP ha elevado una consulta al Consejo de Estado para obtener una interpretación definitiva sobre la aplicación del régimen contractual específico en estos casos, dada la remisión a la normativa propia de cada entidad.
El Ministerio de Ambiente aclaró que los recursos provenientes de las transferencias del sector eléctrico, generados por empresas hidroeléctricas, no deben invertirse exclusivamente en la subzona o área que los origina. Estos fondos, clasificados como contribuciones parafiscales, tienen como fin compensar y restaurar el medio ambiente afectado por el uso de recursos naturales. Por ello, las Corporaciones Autónomas Regionales pueden destinar estas inversiones en cualquier parte de la cuenca hidrográfica que surte de agua a los generadores de energía, incluso si está fuera del área de influencia directa del proyecto. Esta medida busca garantizar que los recursos beneficien al contribuyente al mantener y mejorar los servicios ecosistémicos hídricos, cumpliendo con la finalidad de protección y restauración ambiental.