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prensa juridica

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La CREG explora la viabilidad de la nucleoenergía en la matriz energética de Colombia. La Entidad convoca a prestadores del servicio, empresas, centros de investigación y demás interesados a remitir información antes del 15 de mayo. El objetivo es profundizar en el conocimiento sobre tecnologías nucleares actuales y emergentes (fisión/fusión), proyectos en desarrollo que sirvan de referencia internacional, el impacto de su integración con fuentes renovables en la estabilidad de la red, y recomendaciones sobre marcos regulatorios y estándares internacionales. Estos aportes técnicos son fundamentales para la estructuración de una hoja de ruta regulatoria que defina los requisitos y la posible incorporación de esta fuente de energía, considerando la seguridad, sostenibilidad y eficiencia en el sistema energético nacional

El Ministerio de Minas busca establecer el Distrito Minero Especial para la Diversificación Productiva del Valle del Cauca. Este distrito, que abarca los municipios de Buenaventura, Cali, Dagua y Jamundí en aproximadamente 840.639 hectáreas, busca transformar la economía regional. La iniciativa, alineada con el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026, tiene como objetivos clave promover la diversificación productiva, fomentar la asociatividad de pequeños mineros, impulsar la formalización, la producción limpia y las buenas prácticas, además de facilitar la reconversión laboral y la solución concertada de conflictos. También se busca garantizar la soberanía alimentaria de las comunidades locales. Una Mesa de Trabajo Interinstitucional diseñará un Plan Estratégico de Gestión a cuatro años, priorizando la participación de comunidades indígenas, afrodescendientes y otros grupos étnicos, así como la protección ambiental y el potencial agrícola del territorio.

El Ministerio de Ambiente adoptó el formulario para el reporte anual de la Tasa Retributiva por Vertimientos Puntuales al Agua, con el fin de unificar y facilitar el seguimiento a este instrumento económico. La norma establece que las autoridades ambientales deberán presentar dicho reporte antes del 30 de junio de cada año, incluyendo información del periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año anterior, junto con un informe sobre el comportamiento de las variables del factor regional. El formulario deberá enviarse por los canales oficiales y estará disponible en la página web del Ministerio. La resolución deroga la Resolución 081 de 2001 y entra en vigencia desde su publicación, fortaleciendo el control y monitoreo de los vertimientos.

El Ministerio de Ambiente invita a la ciudadanía, organizaciones sociales y actores interesados a participar en las audiencias públicas de seguimiento a los Planes de Acción Cuatrienal de las Corporaciones Autónomas Regionales (CAR). Durante abril de 2026, en todo el país, estos espacios permitirán evaluar el cumplimiento y los avances de la gestión ambiental 2024-2027 (vigencia 2025). La iniciativa busca garantizar el acceso a la información, fortalecer una participación pública transparente y vinculante, en línea con el Acuerdo de Escazú, y potenciar el control social sobre la gestión ambiental regional. Se reitera que la voz de todos es fundamental para la transparencia y la demostración de un cambio sostenible en los territorios. Se insta a inscribirse y ser parte activa de estos escenarios.

La CREG adicionó normas transitorias en materia de comercialización de transporte de gas natural, con el fin de flexibilizar y promover mayor eficiencia en la comercialización mayorista de suministro. Esta medida clave busca flexibilizar y promover una mayor eficiencia en la comercialización y transporte del recurso, tanto nacional como importado. Entre sus principales cambios, introduce nuevas modalidades contractuales como el contrato diario y el "100 por ciento firme" (CF100), útil inicialmente para el gas importado. Además, permite a los vendedores declarar cantidades adicionales de gas a corto plazo y establece una indexación mensual para contratos de gas importado de largo plazo, buscando mitigar su volatilidad. La iniciativa ha sido bien recibida por el sector, que espera un aumento en la disponibilidad de gas y una mejora en la competencia y la eficiencia del mercado.

La Superintendencia de Sociedades precisó la prevalencia de la cédula de ciudadanía como documento oficial de identificación para personas naturales en procesos de debida diligencia de las sociedades. Ante inconsistencias con el RUT, la Superintendencia enfatiza que el documento oficial de identidad debe ser el referente para la verificación. El Registro Único Tributario (RUT) es un mecanismo tributario y no sustituye la identificación personal.

La SSPD aclaró aspectos sobre la transferencia de subsidios en los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo, especialmente en el contexto de la Ley de Garantías. Si bien la entidad no dictamina sobre la legalidad específica de contratos municipales, subraya que los subsidios poseen un origen constitucional y una destinación específica para beneficiar a usuarios de menores ingresos. Se destaca la obligación legal, según la Ley 142 de 1994 y el Decreto 1077 de 2015, de que los entes territoriales y los prestadores de servicios suscriban convenios o contratos. Estos acuerdos, aunque innominados, son fundamentales para asegurar la transferencia de recursos. La Superservicios enfatiza que la ausencia de un convenio no exime al municipio de girar los fondos una vez que los prestadores emitan las facturas, pues estos recursos están constitucionalmente protegidos y con destinación específica.

La SSPD aclaró que los recursos del Sistema General de Participaciones para Agua Potable y Saneamiento Básico (SGP-APSB) no son elegibles para la capitalización de empresas prestadoras de estos servicios. La entidad subraya que su competencia se limita a interpretaciones jurídicas generales y no a la evaluación directa del uso de fondos SGP, tarea de DNP, Ministerio de Vivienda y Ministerio de Hacienda. Los recursos SGP-APSB están destinados taxativamente a la financiación del sector, incluyendo subsidios, infraestructura, pago de deuda y fortalecimiento organizacional, pero no para inyectar capital en una empresa específica buscando rentabilidad o competitividad. Se enfatiza el riguroso control de estos fondos por la Contraloría General de la República y la misma Superservicios ante inconsistencias.