La CREG amplía la vigencia del programa transitorio para la participación activa de la demanda en la bolsa de energía, establecido previamente en la Resolución CREG 101 054 de 2024. Esta prórroga se extiende hasta el 1 de marzo de 2025, con la última presentación de ofertas programada para el 19 de febrero de 2025. La decisión se basa en la evaluación de los aportes hidrológicos en el Sistema Interconectado Nacional (SIN), que han mostrado niveles por debajo de la media histórica, lo que genera una brecha en el nivel de embalses. La resolución busca asegurar la disponibilidad de energía y fomentar el uso eficiente de los recursos energéticos, en línea con las leyes 142 y 143 de 1994, que priorizan el ahorro y la eficiencia energética. La implementación del programa ha resultado en reducciones de demanda diaria, contribuyendo a la gestión del embalse del SIN.
El proyecto de resolución busca reorganizar la estructura de precios de la gasolina corriente, gasolina oxigenada, ACPM y ACPM mezclado con biocombustible en zonas de frontera. Se invita a agentes regulados, usuarios y autoridades a enviar observaciones y sugerencias durante un plazo de diez días hábiles tras su publicación. Los comentarios deben dirigirse al director ejecutivo de la CREG, identificando el mensaje con el asunto correspondiente y utilizando un formato específico. La CREG evaluará si el proyecto debe ser informado a la Superintendencia de Industria y Comercio para la Abogacía de la Competencia, conforme al Decreto 1074 de 2015. Este proyecto se fundamenta en diversas leyes y resoluciones que regulan el ingreso al productor de combustibles y sus tarifas, buscando una adecuada regulación en el sector energético.
Al finalizar la consulta, la CREG evaluará si el proyecto debe ser informado a la Superintendencia de Industria y Comercio para el ejercicio de la Abogacía de la Competencia, conforme a las disposiciones del Decreto 1074 de 2015. Este proceso es parte de las atribuciones legales de la CREG en la regulación económica de los combustibles líquidos derivados de hidrocarburos. El proyecto de norma busca reorganizar la estructura de precios de la gasolina corriente motor, gasolina motor corriente oxigenada, ACPM y ACPM mezclado con biocombustible a nivel nacional, excluyendo zonas de frontera. Este proyecto se somete a consulta pública por un plazo de diez días hábiles, invitando a agentes regulados, usuarios y autoridades a enviar sus observaciones y sugerencias.
La SSPD indica que las obligaciones y competencias de los urbanizadores, constructores y usuarios en relación con el almacenamiento y recolección de residuos sólidos, así como las restricciones sobre el acceso a los sitios de almacenamiento colectivo, se pueden resumir de la siguiente manera: Los urbanizadores y constructores deben incluir en sus proyectos de vivienda la construcción de sitios destinados al almacenamiento colectivo de residuos sólidos que deben cumplir con requisitos mínimos de diseño y funcionalidad, como facilidad de limpieza, ventilación, y prevención de plagas.
A partir del análisis de la viabilidad y disponibilidad de la conexión al servicio de alcantarillado público por parte de EPM – Empresas Públicas de Medellín, se pueden extraer las siguientes conclusiones: EPM tiene la obligación de expedir la certificación de viabilidad y disponibilidad de los servicios de alcantarillado, lo que garantiza que los predios que cumplen con los requisitos técnicos puedan conectarse a las redes existentes. Esta certificación es un paso fundamental para el desarrollo urbano y la obtención de licencias de construcción.
Indica la SSPD que para establecer políticas diferenciales de financiación, normalización y saneamiento de la cartera existente con usuarios caracterizados como víctimas del conflicto armado, en el marco del régimen de servicios públicos domiciliarios y la normativa vigente, se pueden considerar los siguientes aspectos: Es fundamental basar las políticas en la Ley 1448 de 2011, que establece mecanismos reparativos para las víctimas del conflicto armado, incluyendo la condonación de cartera morosa de servicios públicos generada durante el despojo o desplazamiento forzoso.
La SSPD en el presente concepto indica que los derechos y obligaciones de los usuarios de servicios públicos domiciliarios en relación con la presentación de reclamaciones sobre facturación, así como el procedimiento ante la negativa de los prestadores para aceptar pagos parciales, se pueden resumir de la siguiente manera: derechos de los usuarios son presentar peticiones, quejas o recursos contra los actos de facturación sin que se les exija el pago de las sumas que son objeto de reclamación.
Los contratos de prestación de servicios son aquellos que celebran las entidades estatales para actividades relacionadas con la administración o funcionamiento de la entidad. Solo pueden celebrarse con personas naturales cuando las actividades no pueden realizarse con personal de planta o requieren conocimientos especializados. Estos contratos se celebran a través de la modalidad de contratación directa, independientemente de la cuantía y del tipo de servicio, siempre que su objeto no sea la consultoría. La duración de los contratos de prestación de servicios debe ser temporal y solo puede celebrarse por un "término estrictamente indispensable".