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prensa juridica

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La Superintendencia de Sociedades precisó el alcance de la obligación de contratar aprendices para las empresas que se encuentran en procesos de reorganización empresarial. De acuerdo con la nueva reglamentación, estas compañías están exentas de vincular nuevos aprendices mientras permanezcan en dicha situación. No obstante, los contratos de aprendizaje que se encontraban vigentes antes del inicio del proceso de insolvencia deben continuar cumpliéndose. En consecuencia, durante la reorganización no resulta exigible la obligación de contratar nuevos aprendices ni su monetización. Este criterio busca armonizar las disposiciones laborales con el régimen de insolvencia y brindar mayor seguridad jurídica a las empresas sometidas a procesos de recuperación.

Ante la inquietud sobre el régimen contractual aplicable a asociaciones de municipios y empresas de economía mixta designadas para ejecutar proyectos del Sistema General de Regalías, el DNP precisó que, si bien estas entidades pueden ser ejecutoras, deben adherirse estrictamente al régimen presupuestal del SGR, la contratación pública y demás leyes vigentes. Actualmente, el DNP ha elevado una consulta al Consejo de Estado para obtener una interpretación definitiva sobre la aplicación del régimen contractual específico en estos casos, dada la remisión a la normativa propia de cada entidad.

 El Ministerio de Ambiente aclaró que los recursos provenientes de las transferencias del sector eléctrico, generados por empresas hidroeléctricas, no deben invertirse exclusivamente en la subzona o área que los origina. Estos fondos, clasificados como contribuciones parafiscales, tienen como fin compensar y restaurar el medio ambiente afectado por el uso de recursos naturales. Por ello, las Corporaciones Autónomas Regionales pueden destinar estas inversiones en cualquier parte de la cuenca hidrográfica que surte de agua a los generadores de energía, incluso si está fuera del área de influencia directa del proyecto. Esta medida busca garantizar que los recursos beneficien al contribuyente al mantener y mejorar los servicios ecosistémicos hídricos, cumpliendo con la finalidad de protección y restauración ambiental.

La CREG precisó sus competencias en la ejecución de obras para la transmisión eléctrica, tras una consulta elevada por la Superintendencia de Industria y Comercio. El organismo regulador aclaró que su normativa se enfoca en estimular y garantizar la libre competencia y concurrencia entre los agentes del mercado para estos proyectos. Si bien reconoce la existencia de mecanismos para ampliaciones específicas o proyectos urgentes que, por sus características o el tiempo disponible, podrían ejecutarse de forma directa para asegurar la eficiencia, la CREG subraya que sus reglamentos no contienen causales que limiten o impidan la participación competitiva.

La Entidad precisó el alcance de la Resolución CRA 1032 de 2026, que establece el nuevo marco tarifario para los prestadores de acueducto y alcantarillado con más de 5.000 suscriptores. La entidad explicó que la metodología es de aplicación general y obligatoria desde el 1 de julio de 2026, sin requerir autorizaciones o validaciones previas de la CRA o la SSPD. También señaló que incorpora esquemas diferenciales para zonas urbanas y rurales, define el Área de Prestación del Servicio y exige su armonización con los instrumentos de ordenamiento territorial. Asimismo, contempla el reconocimiento de costos ambientales eficientes mediante el Plan de Sostenibilidad Hídrica y establece que la metodología no fija tarifas finales, cuya determinación corresponde a cada prestador.

Ante la consulta de una asociación de recicladores sobre la financiación y el impacto de nuevas obligaciones, la CRA clarificó que los aportes de las organizaciones de recicladores se nutren de la remuneración tarifaria por su actividad dentro del servicio de aseo y de sus operaciones comerciales. Con la reciente expedición de la nueva metodología tarifaria, la CRA subraya que las tarifas reconocen costos operativos de la actividad de aprovechamiento. Sin embargo, enfatiza que el fomento de la formalización e inclusión social, así como la infraestructura necesaria, deben provenir de fuentes adicionales a la tarifa, con la participación de entidades territoriales y los ingresos por la venta de materiales recuperados, siendo estas organizaciones entidades sin ánimo de lucro que reinvierten sus excedentes. La entidad concluye que no es posible determinar un impacto financiero único debido a la variabilidad de factores locales y que la fijación tarifaria específica recae en las autoridades locales.

El Ente Regulador precisó aspectos de la regulación tarifaria del servicio público de aseo, en particular sobre la clasificación de prestadores, la revisión de estudios de costos y el reporte de información. Con fundamento en los artículos 73 y 74 de la Ley 142 de 1994, la Resolución CRA 720 de 2015, compilada en la Resolución CRA 943 de 2021, y la Resolución CRA 1040 de 2026, señaló que la metodología tarifaria se determina, entre otros factores, por el número de suscriptores. Asimismo, explicó que la revisión de estudios de costos tiene carácter técnico y busca verificar la correcta aplicación de la metodología vigente, sin constituir una validación integral. La CRA también destacó las obligaciones de reporte al SUI, conforme a la regulación de la SSPD.

La CRA precisó las reglas aplicables a la definición y aplicación de tarifas de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado. Con fundamento en la Resolución CRA 825 de 2017, compilada en la Resolución CRA 943 de 2021, señaló que, ante el inicio de operaciones de un nuevo prestador en un área previamente atendida por otro y con la misma infraestructura, debe realizarse un nuevo estudio de costos o, alternativamente, podrán mantenerse los costos económicos de referencia anteriores, previa convalidación de la entidad tarifaria local y cumplimiento de las obligaciones de información. La CRA aclaró que esperar un nuevo marco tarifario no constituye autorización para mantener tarifas. Además, indicó que la Resolución CRA 1038 de 2026 establece la metodología aplicable y mantiene transitoriamente la anterior hasta el 31 de diciembre de 2026.