La CREG anunció la socialización del proyecto de resolución 705 011 de 2025, que establece el nuevo Régimen de Protección de los Derechos y Deberes de los Usuarios de los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica, gas combustible por redes y GLP por cilindros y tanques. Esta socialización corresponde al primer entregable del proyecto regulatorio y se realizará mediante talleres presenciales dirigidos a usuarios, vocales de control, empresas prestadoras, gremios y demás interesados. Las jornadas se llevarán a cabo el 13 de febrero de 2026 en Barranquilla, el 17 de febrero de 2026 en Cali y el 30 de abril de 2026 en Riohacha, en horarios definidos por la CREG. Los lugares específicos serán informados previamente en su página web.
El proyecto de resolución de la CREG establece un Régimen de Protección de los Derechos y Deberes de los Usuarios de servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica, gas combustible por redes y GLP. Busca modernizar la regulación, actualmente dispersa y desactualizada ante cambios tecnológicos y la transición energética. Se enfoca en la favorabilidad al usuario, información transparente, prohibición de ventas atadas y el debido proceso. Garantiza derechos como la medición de consumos reales, protección a usuarios vulnerables, acceso a mecanismos eficientes de reclamación y la libertad de elección del prestador. El proceso de elaboración incluyó la participación activa de usuarios para asegurar una regulación informada y pertinente.
La Entidad publicó un proyecto de resolución que busca flexibilizar la comercialización mayorista de gas natural en Colombia. La iniciativa, que modifica la Resolución CREG 102 015 de 2025, introduce mecanismos para la oferta y negociación de gas firme en escenarios extraordinarios y de corto plazo, incluyendo modalidades contractuales diarias y "Contratos de suministro firme con pago mínimo del cien por ciento (100%)" (CF100). Además, propone que la actualización de precios sea mensual.
La CREG precisa que, cuando un comprador del mercado primario enfrenta un evento de fuerza mayor, caso fortuito o causa extraña que genera la liberación de cantidades de PTDVF a su vendedor, el registro y la negociación de dichas cantidades deben ajustarse a la duración efectiva del evento. Aunque la Resolución CREG 102 015 de 2025 prevé duraciones contractuales mínimas, la Comisión aclara —con base en la Circular CREG 147 de 2025— que, en estos casos excepcionales, las partes deben actualizar el registro del contrato únicamente por el tiempo estimado de ocurrencia del evento, incluso si es inferior a una semana calendario. Ello permite al Gestor del Mercado validar la PTDVF o CIDVF y soportar el registro del nuevo contrato de corto plazo solo durante el período en que subsiste la fuerza mayor, sin extender la liberalización más allá del soporte regulatorio existente.
La iniciativa busca fortalecer la confiabilidad del abastecimiento del servicio público y asegurar el funcionamiento del sistema energético nacional. Para ello, se solicitó información técnica y objetiva a los agentes del sector a través de un formulario oficial, con el fin de identificar proyectos que aporten nueva molécula y confiabilidad, así como posibles barreras. El ministro enfatizó la importancia del gas para el país. Este ejercicio de gestión, que no tiene carácter sancionatorio, permitirá al Ministerio anticipar riesgos, acompañar la materialización de proyectos clave y fortalecer la gobernanza energética, en beneficio del interés general.